Que no se evada la legalidad ni se afecte la economía en Cienfuegos

Compartir en

Tiempo de lectura aprox: 5 minutos, 18 segundos

“No hay como vivir organizadamente y en la legalidad”. Así, de manera concreta responde Antonio Fernández Suárez, transportista privado de la ciudad de Cienfuegos cuando le pregunto acerca de quienes incurren en el no pago de los tributos o declaran menos de lo que en realidad ingresan.

“Creo que es un deber de todos los que trabajamos por cuenta propia. En la vida usted tiene que estar organizado y pagar los tributos”, afirma quien se encarga personalmente de hacer la tramitación con el banco y tener al día su documentación cada mes. Pero, lamentablemente no todos obran como Antonio y llegan a incurrir en un delito de evasión fiscal.

 Jurídicamente hablando

El Código Penal, Ley No.151/2022 establece en el Artículo 319 y siguiente lo relacionado con el delito de evasión fiscal. “Este está previsto para aquellas personas que están en la obligación de abonar al fisco, ya sea un impuesto, una tasa o una contribución por la actividad que ejerzan cada uno de ellos y se niegan a sufragarlo de manera total o parcial, o para quienes directamente o mediante otras personas falsifiquen, oculten, alteren información con trascendencia tributaria o utilicen cualquier ardid con la intención de evadir el pago de impuestos, tasas o contribución, entre otros supuestos”, explica la especialista Yaineris González Canedo, presidenta de la Sala Penal Primera del Tribunal Popular Provincial de Cienfuegos.

Resulta importante conocer que se llega a la vía judicial, una vez se haya agotado el procedimiento de la vía administrativa, “la cual prevé diferentes plazos para que se concreten los pagos. En no pocas ocasiones estos no se efectúan y procede por parte de la administración (Onat), la formulación de la denuncia ante las autoridades correspondientes y en consecuencia con ello se tramita toda una investigación que, por lo general, su curso finaliza presentándose un expediente por parte de la instrucción penal ante los tribunales de justicia”.

Precisa González Canedo, que la evasión fiscal es un delito de competencia de los tribunales municipales populares porque “los marcos sancionadores que prevé oscilan de uno a tres años; de dos a cinco y de tres a ocho. En la provincia hubo incidencias en las estructuras municipales de Cienfuegos, Cruces y Rodas. No es de los delitos con una alta radicación.

“En los asuntos tramitados se cumplió con la observancia de los derechos y garantías de los imputados que aseguran el debido proceso, ajustándose las sanciones, en cada caso, a los presupuestos de racionalidad y proporcionalidad que caracterizan las decisiones judiciales, porque resulta claro que nuestro Estado para solventar las necesidades sociales, que suelen ser cada vez ser más crecientes, requiere disponer de recursos, que también los obtiene por la imposición de tributos, de ahí que la ausencia de esta vía de ingresos provoque una insuficiencia de fondos al presupuesto que impida la ejecución de esenciales funciones”.

Según la especialista, la evasión fiscal o tributaria pudiera definirse “como toda eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas fraudulentas u omisivas violatorias de disposiciones legales

“En los casos conocidos, los acusados estaban conscientes de la deuda tributaria que adquirieron a consecuencia de no pagar los impuestos a que estaban obligados en ocasión de la actividad como contribuyentes. Ello justifica la penalización de su actuar como un delito de evasión fiscal, lo que alcanza vital importancia si se considera el enorme impacto que genera dicha conducta en la economía de un país”, afirma.

La recaudación de recursos por parte del Estado y la eficacia de la misma, determina en gran medida que este pueda desarrollar sus políticas y realizar sus planes con miras a lograr el tan anhelado equilibrio económico. También busca la seguridad de los ciudadanos, ya que por intermedio de estos recursos se trata a su vez de evolucionar en cuanto al cumplimiento de los demás fines estatales.

No cumplir o atentar contra las disposiciones tributarias dificulta la correcta asignación de los recursos públicos, repercute negativamente sobre los beneficios que la sociedad en general y cada ciudadano en particular espera del Estado; por ello, quienes evaden esta obligación, son sujetos del derecho penal por afectar no solo al erario público sino toda la política estatal en el orden económico y social, convirtiéndose en hechos muy lesivos.

“En consecuencia, reciben una sanción penal de privación de libertad, alternativas a estas primeras o multas,  acompañadas de sanciones accesorias como pueden ser el comiso, la confiscación de bienes, suspensión o cancelación definitiva de la autorización, permiso o licencia para el ejercicio de actividades económicas u otras de similar naturaleza, cierre forzoso de establecimiento o local, la prohibición de salida del territorio nacional hasta que extinga la sanción principal o satisfaga la responsabilidad civil dispuesta en sentencia, entre otras”, sostiene la presidenta de la Sala Penal Primera del Tribunal Popular Provincial de Cienfuegos.

Por el carril del orden y la legalidad

“El no tener habilitada una cuenta con fines fiscales y aun teniéndola, si no realicen en ella los depósitos de sus ingresos es indicio de evasión fiscal”, explica la M. Sc. Yanina Guerra Acosta, directora de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (Onat) en Cienfuegos.

¿Por qué tener una cuenta fiscal?

“La cuenta fiscal propicia la transparencia de los ingresos, lo cual denota legalidad y permite que el contribuyente demuestre la licitud de esos ingresos y poder, a partir de ahí, hacer sus gastos.

“En ese sentido hay que ganar en mayor cultura económica”, afirma Guerra Acosta, pues existen dueños de negocios que todavía no comprenden lo imprescindible de tal proceder

Sabido es que no basta con la existencia de normativas legales; ni con la buena voluntad de quienes son objeto y sujeto de las mismas. Por eso se precisa seguimiento y control, además de la participación de varios organismos e instituciones.

En Cienfuegos, se desarrollan acciones que, en sentido integral, tienen como propósito enfrentar indisciplinas tales como violaciones de precios, el desuso de los canales electrónicos de pago, la no apertura de las cuentas fiscales, todas ellas conductas evasivas y que pudieran convertirse en hechos de evasión fiscal, expone el M. Sc. Ariel León Valle, coordinador de Programas y Objetivos del Gobierno Provincial.

“A lo largo de 2024 se ejecutaron los ejercicios nacionales, organizados por el Ministerio de Finanzas y Precios; pero también acometimos trabajos propios que nos permitieron atender a las diferentes preocupaciones del pueblo. No son suficientes y por esa razón, continuamos el quehacer en todos los municipios”.

Coincido con el funcionario en que siempre habrá que hacer mucho más, sin embargo, no ha existido inmovilidad en la provincia, tal y como lo ratifica la máxima directiva de la Onat a este periódico: “Como resultado del ejercicio nacional desarrollado en diciembre de 2024 fueron cerrados de manera definitiva 202 negocios porque no contar con las correspondientes cuentas fiscales. Se trata de tener disciplina y respetar la institucionalidad, pues todos los contribuyentes, sean estatales o no, deben poseer una cuenta fiscal. Otra arista tiene que ver con quienes no operan sus cuentas fiscales aunque las tengan habilitadas. En ese caso, cuando corresponda recibirán una acción de la administración tributaria y será sujeto del régimen sancionador establecido al efecto.

“Con respecto a las mipymes, todas tienen sus cuentas fiscales porque es un requisito para su creación, pero no todas hacen sus depósitos; a esas se les solicitará el cierre temporal ante el Ministro de Finanzas y Precios que es la autoridad facultada”.

Para determinar la existencia de un delito de evasión fiscal se requiere acciones de revisión profunda, las cuales son asumidas por la administración tributaria de manera anual. Los contribuyentes son seleccionados por la connotación de las actividades y por el nivel de ingresos; además se tienen en cuenta variables como series históricas de ingreso, declaraciones juradas, a partir de las bases de datos existentes. 

Claridad meridiana
Reconocimiento a ROUCO SURL, por su disciplina tributaria, una muestra de que es posible cumplir con el Fisco. / Foto: Tomada de Perlavisión
Reconocimiento a ROUCO SURL, por su disciplina tributaria, una muestra de que es posible cumplir con el Fisco. / Foto: Tomada de Perlavisión

 “Nos caracteriza la disciplina ante la política fiscal tributaria, lo cual nos permite un reconocimiento profesional y el encadenamiento productivo, además de posibilitar también desarrollar una amplia labor social.

“No queremos que se nos reconozca como una forma no estatal que se beneficie a sí misma, sino, como seres humanos que estamos tratando de apoyar a otros sectores como la Salud con quien tenemos un acercamiento directo a través del apoyo con donaciones de artículos prioritarios”, afirma Arianna Aguiar Aguiar, directora de comunicación de la pequeña empresa ROUCO SURL, merecedora de un reconocimiento especial por su disciplina tributaria, materializado en ocasión del inicio de la Campaña de declaración y pago de tributos 2025, en el municipio de Aguada de Pasajeros.

Anoy Abel Alomá Díaz es arrendatario de vivienda en el municipio espirituano de Trinidad; vive ahora en Cienfuegos y acudió a la Onat lugareña en busca de orientación para hacer su declaración y pagar. “El que incurra en el impago de los tributos es porque le gusta tener inconvenientes. Además de las complejidades que vivimos, hoy no es necesario tener problemas en ese sentido ni en ningún otro. Hay que estar claro, primero con nosotros mismos y, por supuesto, con la sociedad”.

Vivir y desarrollar cualquier actividad en el orden y la legalidad será siempre la mejor opción. Así no se evaden leyes ni se afecta la economía; y mucho menos es puesta en riesgo la tranquilidad personal y de la familia.

Visitas: 56

Tay Beatriz Toscano Jerez

Periodista.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *