Cubanos con derechos: procesos electorales
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Desde la Constitución de la República y la propia Ley Electoral, Ley 127/2019, se consagran importantes derechos de los ciudadanos cubanos en lo que se refiere a la participación directa en los procesos democráticos que tienen lugar en el país.
En el texto constitucional, el artículo 80 resulta clave. “Los ciudadanos cubanos tienen derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder del Estado; en razón a esto pueden, de conformidad con la Constitución y las leyes:
a) estar inscriptos en el registro electoral;
b) proponer y nominar candidatos;
c) elegir y ser elegidos;
d) participar en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática;
e) pronunciarse sobre la rendición de cuenta que les presentan los elegidos;
f) revocar el mandato de los elegidos;
g) ejercer la iniciativa legislativa y de reforma de la Constitución;
h) desempeñar funciones y cargos públicos, y i) estar informados de la gestión de los órganos y autoridades del Estado”.
Por otra parte, el artículo 5 de la legislación electoral se deja claro los derechos que disfrutamos al reafirmar que los ciudadanos cubanos con capacidad legal para ello tienen derecho a estar inscripto en el Registro Electoral; proponer y ser nominado como candidato a delegado a la Asamblea Municipal del Poder Popular (AMPP); elegir y resultar elegido en la forma y según los procedimientos fijados en la Ley, ejercer el sufragio en los referendos y plebiscitos que se convoquen; presenciar los escrutinios en los colegios electorales, de acuerdo con lo reglamentado y establecer las reclamaciones que procedan legalmente.
Varios elementos distinguen los diferentes procesos electorales cubanos; pero me detengo en dos.
El hecho de que pueda proponer y, por sus méritos y capacidad reconocidos, pueda ser nominado como candidato a delegado a la Asamblea Municipal del Poder Popular, reafirma lo ya enunciado en el artículo 3 de la Carta Magna de que “en la República de Cuba la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. El pueblo la ejerce directamente o por medio de las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ellas se derivan, en la forma y según las normas fijadas por la Constitución y las leyes”.
No son imprescindible ni sexo, ni color de la piel, ni cuántos recursos financieros tenga en su haber. Solo basta una probidad. sin lugar a dudas, y el reconocimiento de sus conciudadanos que advierte las cualidades requeridas.
No es de extrañar, entonces, que maestros, directivos, amas de casas, titulares de emprendimientos, jóvenes estudiantes (con la edad que se establece en las normas jurídicas), representantes de los organismos armados o religiosos de diferentes denominaciones sean los representantes del pueblo tanto en las AMPP como en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Otro elemento esencial es que no postula un Partido Político, en este caso nuestro único partido, el Partido Comunista de Cuba, sino que lo hace el pueblo. Dichas propuestas se canalizan a través de las Comisiones de candidatura integradas, justamente, por representantes de las organizaciones estudiantiles y de masas.
En Cuba el voto es libre, directo y secreto. Cada ciudadano tiene derecho a ejercerlo en las elecciones municipales, nacionales, referendos y plebiscitos que se convoquen; siempre y cuando haya cumplido los dieciséis (16) años de edad y se encuentren en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, que no estén comprendidos en las excepciones previstas en la Constitución y la ley.
Este 10 de diciembre, cuando el mundo conmemora el Día Internacional de los Derechos Humanos, para recordar que en igual fecha de 1948 se adoptó por la Asamblea General de las Naciones Unidas la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en Cuba se continúan reforzando, desde diferentes normas jurídicas y prácticas cotidianas el respeto a la dignidad humana y al derecho a existir y vivir en paz. Los procesos electorales y la participación ciudadana en ellos devienen ejemplo fehaciente.
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