Keiko Fujimori no será investigada por delito de obstrucción

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La excandidata presidencial ya había negado los cargos que le imputa la Fiscalía de Perú por lavado de activos, a raíz de los millonarios aportes ilegales recibidos presuntamente en sus campañas electorales

El Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional de Perú ordenó este lunes dejar sin efecto todo lo actuado referido al delito de obstrucción a la Justicia en el juicio por lavado de activos contra la lideresa opositora peruana Keiko Fujimori y otras 40 personas implicadas.

El Poder Judicial confirmó en su cuenta de la red social X (antes Twitter) que el colegiado dispuso “dejar sin efecto el auto que cita a juicio oral y actos procesales” de este juicio, hasta la fecha, a favor de Fujimori y otras personas por delito de obstrucción a la Justicia.

En una audiencia llevada a cabo este lunes, el juzgado debía emitir decisión sobre el pedido del acusado Arsenio Oré, uno de los abogados implicados en el caso abierto contra Fujimori, para excluirlo del delito de obstrucción a la Justicia en mérito a una sentencia previa del Tribunal Constitucional. Sin embargo, la sala ordenó que las personas procesadas -como la propia excandidata presidencial y los exintegrantes de sus campañas electorales y asesores partidarios Jaime Yoshiyama, José Chlimper, Adriana Tarazona, Pier Figari y Ana Hertz- sigan siendo enjuiciadas por lavado de activos y otros delitos.

Tras desestimar recursos de reposición, colegiado dispone continuación de juicio contra Keiko Fujimori el 26 de agosto, a las 9:00 a.m., en que se evaluará prueba nueva. Asimismo, establece próximas audiencias los días 2, 3, 9,16, 17, 23 y 24 de setiembre, en el mismo horario.

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