Cuba, las nuevas legislaciones y lo que corresponde hacer

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El reciente período extraordinario de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional en Cuba dejó la impronta de una actividad legislativa intensa, cuyo resultado más visible son las ocho nuevas leyes aprobadas; sin embargo, me atrevo a asegurar que el saldo mayor está en lo que corresponde hacer en lo adelante.

Lo ha significado en el discurso de clausura el Primer Secretario del Partido y Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel, al referirse al nuevo Código Penal, pero resulta valedero para todos los documentos legales aprobados: “A los responsables de su aplicación les atañe actuar con la debida justeza. Esta es una herramienta que ha de emplearse con la racionalidad debida. Es un instrumento para proteger a la sociedad, a las personas y al orden político, económico y social consagrado en la Constitución de la República”.

Y digo que es aplicable a todas las legislaciones, porque al ofrecer una mirada al contenido de cada una de ellas, es evidente su apego a los preceptos de la Carta Magna de nuestro país. Todas son importantes en su justa medida y atenidas a los temas a los que se refieren.

Valga recordar las nuevas disposiciones.

La Ley de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional, y la Ley del Sistema de los Recursos Naturales y del Medio Ambiente, abordan temáticas de mucha seriedad y preocupación no solo en Cuba.

Está también la Ley de Datos Personales, que responde a la necesidad de proteger la información personal de los ciudadanos, y la nueva Ley del Código Penal. Esta última comprende aspectos novedosos; entre ellos, las infracciones y actos ilícitos que afectan el espectro radioeléctrico, el medio ambiente y el patrimonio natural, y el aumento del rigor de las sanciones para hechos vinculados a la corrupción económica o administrativa.

Se aprobó, asimismo, la Ley de Ejecución Penal, la cual concentra en un solo cuerpo legal las regulaciones relacionadas con la fase de ejecución de las sanciones y medidas de seguridad, que con anterioridad estaban dispersas.

Por su parte, la Ley del Proceso de Amparo de los Derechos Constitucionales, establece un procedimiento para que los tribunales actúen ante los daños y perjuicios que sufran las personas, originados por los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados o por entes no estatales.

No pueden dejar de mencionarse las leyes del Derecho de Autor y el Artista Intérprete y la de Protección al Patrimonio Cultural y al Patrimonio Natural, relacionadas—como sus nombres lo indican— con el ámbito cultural y patrimonial del país.

Pero las leyes por sí solas, no dan respuesta a las disimiles dificultades que se presentan en su ámbito. Para ratificarlo, vuelvo a las palabras del presidente cubano en la clausura del período extraordinario de sesiones del Parlamento.

“Aunque constituyen avances importantes, no son suficientes las leyes que en estas sesiones aprobamos. Se requiere elevar los niveles de educación cívica, de cultura jurídica, adoptar todas las medidas que sean necesarias, en diferentes órdenes y niveles, que permitan el goce efectivo de los derechos y asegurar las circunstancias que inhiban las conductas vulneradoras de estos”.

Unido a lo anterior, los ciudadanos tenemos la responsabilidad de conocer, profundizar en los contenidos de los cuerpos legales; pero a la vez, tenemos que ser entes activos en hacerlas cumplir.

En el panorama legal del país, ocho nuevas leyes vienen a reforzar la institucionalidad y a dar concreción a la Constitución de la República de Cuba. Legislaciones que resultan de un amplio proceso de consulta con especialistas, expertos, profesores universitarios y con la población y que, junto a otras, marcan el camino a seguir.

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Tay Beatriz Toscano Jerez

Periodista.

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