Conductores profesionales tendrán que asegurarse (+Audio)

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La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó el Decreto Ley No. 11 del 2020, que establece la obligación del Seguro de Responsabilidad Civil para conductores profesionales, del sector estatal y las personas naturales autorizadas a ejercer el Trabajo por Cuenta Propia en medios de transporte particulares o arrendados, los cuales deben suscribir la póliza dentro de un plazo de 180 días después de aprobada la norma jurídica. Están exonerados de este seguro los conductores que pertenecen a los Ministerios de las Fuerzas Armadas y el Ministerio del Interior.

El director de la Empresa de Seguros Nacionales, el Licenciado Fermín Mesa García, precisó en conferencia de prensa que en Cuba existen cerca de un millón 630 mil personas con Licencia de Conducción, sin embargo, solo el 2 por ciento disponen del Seguro de Responsabilidad Civil.

Con la nueva norma jurídica la Empresa de Seguros Nacionales protegerá a los conductores profesionales ante los eventuales daños que puede causar a terceros, en ocasión de conducir un vehículo de motor por la vía pública, así como las lesiones corporales o muerte provocadas a terceras personas. Esta garantía tiene como objetivo hacer frente a los daños personales y materiales que involuntariamente la persona asegurada haya podido causar, así como los perjuicios que de ellos se pudieran derivar.

El asegurador, en este caso la Empresa de Seguros Nacionales, asume las consecuencias económicas de los hechos acaecidos reparando el daño causado a un tercero, hasta el límite pactado. Todas esas condiciones deben aparecer en el contrato.

Sobre las coberturas de este seguro el funcionario explicó que serán para daños a la propiedad ajena y lesiones corporales o muerte.

  •  Daños a la propiedad ajena: La Aseguradora pagará, en lugar del asegurado, los daños materiales causados a la propiedad de terceros, hasta el límite especificado en la póliza.
  •  Lesiones corporales o muerte: La Aseguradora pagará, en lugar del asegurado, el importe de los daños y perjuicios por las lesiones corporales o muerte a terceras personas, hasta el límite especificado en la póliza.

El director de la Empresa de Seguros Nacionales, Lic. Fermín Mesa García, aclaró que deben contratar obligatoriamente el Seguro de Responsabilidad Civil los conductores profesionales, definidos en el Código de Seguridad Vial, Ley No. 109 del 2011. Se trata de toda persona que recibe una remuneración por la actividad que realiza, mediante el pago de un salario o cobro de una tarifa. Igualmente señaló que el Seguro de Responsabilidad Civil lo pagarán los conductores profesionales de sus ingresos personales, no de la entidad.

Para contratar este servicio los obligados deben comunicarse con las Oficinas de la Empresa de Seguros Nacionales radicadas en todas las provincias del país o ponerse en contacto con los Agentes de Seguros presentes en el territorio nacional. Esta póliza será también comercializada a través del Comercio Electrónico (ENZONA).

El pago puede ser anual, en dos plazos, sin recargo alguno. Todas las cuantías deben estar bajo el contrato de seguro de Responsabilidad Civil serán abonadas en pesos cubanos (MN).

La responsabilidad civil que cubrirá esta póliza deberá ser declarada por decisión de autoridad legalmente facultada para ello, que obligue al asegurado al pago de indemnización o por acuerdo extrajudicial con el consentimiento de la Aseguradora.

La responsabilidad civil es la obligación legal que tiene una persona de indemnizar los daños y perjuicios que se causen a otra persona (tercero perjudicado) o a su patrimonio. “El que cause un daño a otro está obligado a resarcirlo” (Artículo 82, Ley 59-87).

Actualmente la mayoría de los Trabajadores Por Cuenta Propia, Cooperativas de Taxis Ruteros y Cuba Taxis que gestionan las licencias de Operación del Transporte tienen este seguro.

La Resolución 174/2018 del MINTRANS “Reglamento del Decreto-Ley No. 168, Sobre la licencia de Operación de Transporte” establece en su Artículo 27 otros trámites relacionados con la entrega de la Licencia, disponiendo que, en el caso de las personas naturales, se requiera acreditar la suscripción de una póliza de seguro por responsabilidad civil para los medios de transporte. Esta norma establece en su artículo 27 que para entregar la Licencia a las personas naturales deben primero suscribirse a ese seguro de Responsabilidad civil.

La aplicación del Seguro de Responsabilidad civil para conductores profesionales da respuesta a la implementación de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.

Lineamiento número 61: regula “potenciar el uso del seguro, en sus diferentes modalidades, como mecanismo de protección financiera de las personas y del sector productivo, abarcando todas las formas de gestión. Desarrollar los seguros de vida como complemento de la seguridad social”.

Obligaciones que tendrá ESEN con los asegurados del Seguro Responsabilidad Civil.

  • Indemnizar a nombre del asegurado a los terceros perjudicados las cuantías en un plazo no mayor de 30 días, toda vez que sea aceptada la reclamación y presentada la documentación requerida.

Esta forma de Seguro también tendrá exclusiones.

    • La aseguradora no asumirá los importes por responsabilidad civil determinada por los daños o pérdidas provocados a terceros a consecuencia de:
    • Actos intencionales del asegurado.
    • Daños a la propiedad del asegurado o de sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
    • Accidentes ocurridos en lugares de acceso prohibidos.
    • Guerra civil o internacional, motín, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios.
    • Contaminación del suelo, las aguas o la atmósfera.
    • Fusión, fisión nuclear, radiación o contaminación radioactivas.
    • El pago de multas, fianzas o las consecuencias de sus impagos.

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5 de Septiembre

El periódico de Cienfuegos. Fundado en 1980 y en la red desde Junio de 1998.

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