Orden, gobernanza y civilidad en época de carruajes

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Mediaba la segunda década del siglo anterior y Cienfuegos, que iba camino de su Centenario (1919), en términos de transporte era aún una ciudad de carruajes tirados por caballos. La época del fotingo todavía andaba en pañales.

En 1914 la imprenta de M. Meetre, en De Clouet número 20, imprimió un folleto de 32 páginas con el Reglamento para los Carruajes Públicos aprobado por el Ayuntamiento.

La lectura del tomito nos regala una idea acerca del orden urbano, ese atributo tan tenido en cuenta por la Comisión de la UNESCO que en 2005 en Durban, Sudáfrica, encumbró al centro histórico como Patrimonio de la Humanidad.

Llama la atención el culto al detalle ejercido por la autoridad municipal a la hora de poner en letra de molde las regulaciones del transporte colectivo. Como que el ancho de las llantas en vehículos de más de cuatro asientos debía mediar entre los cuatro y los cinco centímetros, por ejemplo.

Otras exigencias apuntaban a los guardafangos, en forma de esqueleto, forrados de cuero o de plancha de hierro con borde de diez milímetros, y los clavos de las ruedas: embutidos de manera que no sobresalieron en lo más mínimo.

Estaban obligados a llevar en la delantera dos faroles refractarios de buena luz y en el interior un cuadro con la tarifa de precios validada por el sello de la Alcaldía. Al lado izquierdo del pescante era necesario exhibir una banderola de 24 centímetros por seis en la cual estuviera inscripto con letra clara el rótulo Se alquila, a retirar de manera obligatoria en cuanto la “diligencia” fuera ocupada.

En cuanto al número de inscripción, la ordenanza estipulaba su estampado en los cristales laterales de los faroles con pintura encarnada y en la parte posterior de la caja mediante guarismos del mismo color sobre una elipse blanca.

Al costado derecho del pescante iba una plancha metálica, facilitada por el gobierno de la ciudad siempre a un costo inferior a 50 centavos plata, con el sello de la Alcaldía, la fecha del año y el número del permiso circulatorio. Los dueños, previo permiso de la autoridad competente, podrían colocar en sus transportes de dos a cuatro asientos, aunque fueran tirados por un solo equino.

“Tampoco se consentirá la circulación por la vía pública de carruajes que por su mal estado no ofrezcan completa seguridad para los viajeros, o por falta de aseo desdigan del ornato urbano”, alertaba el artículo octavo que además preveía igual desautorización para los caballos afectados de reinorrea (catarro nasal crónico) o por otras dolencias causantes de repugnancia.

En el apartado de Conductores el reglamento demandaba haber cumplido los 19 años para ejercer el oficio, estar inscripto en el correspondiente registro, demostrar ante una comisión de tres peritos el conocimiento a la perfección de la trama urbana, aval de buena vida y costumbre y llevar siempre en el bolsillo un ejemplar del folleto de marras.

“Artículo 17: Los cocheros tomarán puestos en las estaciones por orden de llegada a las mismas, sin intentar adelantarse los unos a los otros (…) prohíbe colocar los coches en doble fila y los conductores de los primeros (en la cola) estarán siempre en el pescante o al lado del caballo, dispuestos a marchar a la primera indicación”.

Solo podían negarse a prestar el servicio ante un pasajero en evidente estado de embriaguez y se les recomendaba ofrecer auxilio a los clientes que lo solicitaran, en especial señoras y niños, apresurándose a bajar el tapacete o fuelle a gusto del viajero.

Disponían de un plazo de ocho horas para entregar en la jefatura de Policía cualquier objeto olvidado en el interior de la diligencia, en caso de no poder devolverlo directamente a su dueño.

Los menores de diez años podían ocupar un asiento y los inferiores a cinco no contaban como pasajeros. El reglamento apretó la tuerca en cuanto a las buenas maneras. Obligaba a los “choferes” a presentarse al servicio vestidos de limpio, con chaqueta o levita y la mayor decencia posible y les prohibía ir en el pescante en mangas de camisa, aún cuando fuera verano.

El artículo 24 merece una reproducción en letras de gran puntaje y el aplauso de las sociedades protectoras de animales: “Ningún conductor de carruaje deberá maltratar a su caballo, ni castigarlo con la punta del látigo”.

Requerimiento de civilidad en el tráfico es otra de las premisas que se desprenden de la lectura del folleto firmado por Antonio Grosso Alemán, presidente interino del Ayuntamiento perlasureño.

Acerca de la velocidad permitida el escrito fue muy preciso: “Los coches serán conducidos al trote o andadura de los caballos del país, excepto cuando llueve o haya lodo”. Tras numerar otras condicionantes que entorpecieran la vía, aclara que entonces podrían marchar a paso corto.

Visto lo visto (a día de hoy), aplausos para el Reglamento de marras. Hasta de una ovación cerrada es merecedor el documento, emblema de gobernanza y civilidad, a punto de cumplir 110 añitos.

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Francisco G. Navarro

Periodista de Cienfuegos. Corresponsal de la agencia Prensa Latina.

3 Comentarios en “Orden, gobernanza y civilidad en época de carruajes

  • el 19 enero, 2024 a las 3:12 pm
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    Cienfuegos parece una ciudad de la post guerra con las vías llenas huecos, los animales de tracción son tratados criminalmente, los barrios con basura en calles y jardines, incluso a pesar de la labor que realizan los compañeros de comunales, porque las indisciplinas sociales son cada día en aumento, las Ordenanzas de la Ciudad existen desde hace más de un siglo, estamos llenos de cuerpos de inspectores, leyes, decretos leyes y resoluciones y la sociedad indisciplinada y la suciedad cada vez se apoderan más de nuestra ciudad. Lo mismo ocurre con las fiestas a nivel de edificios, casas donde el caos y los bafles a altos decibeles son el castigo para muchos que todavía trabajamos para poder vivir y aportamos a la sociedad.

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  • el 19 enero, 2024 a las 11:53 am
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    Interesante, publicación, un necesario orden urbano que debe regir en toda sociedad civilizada y que en nuestra ciudad de ha perdido. Me gustaría que publicara, de ser posible, las reglas que existían para transitar por la calle Castillo, tanto carros como peatones. Hace muchos años fue publicado por este periódico pero no he logrado localizarlas.

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  • el 13 enero, 2024 a las 5:08 pm
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    Muy interesante, como siempre, esta publicación. Gracias

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