Las intervenciones y modificaciones en el patrimonio inmueble

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Las acciones que se derivan para el embellecimiento de los bienes patrimoniales, donde la finalidad atractiva vaya al lado de una intervención responsable, son indicativos de respeto en el ámbito patrimonial. Debe conocerse que la conservación de los bienes culturales precisa de acciones científicamente documentadas, con el criterio de especialistas y la revisión sistemática del cumplimiento con rigor de las indicaciones para ejecutarlas. Ninguna acción, por mínima que esta sea, se puede basar en la espontaneidad y la improvisación: hay que tener presente que un bien cultural posee además de sus valores patrimoniales, una condición de permanencia perpetua que depende de su entorno y sobre todo, del ser humano.

Cuando se declara un bien cultural en la categoría de Monumento Nacional o Local, este adquiere una distinción reconocida que merece ser conservada. Los valores, la trascendencia nacional, la significación que rebasa el sitio donde se encuentra y que forma parte identitaria de la comunidad, respaldan las bases para la protección de estos, identificadas claramente en la Ley 155 del Patrimonio Cultural y el Patrimonio Natural. Nuestra Constitución lo defiene: “… Defender la identidad y la cultura cubanas, salvaguardar la riqueza artística, patrimonial e histórica de la nación,y proteger los monumentos de la nación y los lugares notables por su belleza natural o por su reconocido valor artístico o histórico (…) establece el deber de los ciudadanos cubanos de proteger el patrimonio cultural e histórico del país”.

Algunas acciones, sin embargo, afectan la autenticidad y originalidad de un monumento, si tenemos en cuenta que los atributos que reúne un bien cultural, como la forma, diseño, uso y función, técnicas, y su capacidad de expresar estos valores de forma integral, pueden verse afectados de manera irreversible por decisiones erróneas.

Entre las principales intervenciones en el patrimonio inmueble que pueden afectar su integridad se encuentran las referidas a obras nuevas, cambio de uso de edificaciones, obras en espacios públicos, prospecciones exploratorias (estas referida a las actividades de localización y trabajos sobre un posible sitio arqueológico). Se suman a las intervenciones las obras de restauración, demoliciones, transformaciones en fachadas o pinturas que modifiquen los colores originales, cualquier tipo de posible contaminación que afecte el entorno, y lo referido a las áreas verdes y la tala de árboles.

Otras acciones que potencialmente pueden afectar un bien patrimonial están identificadas en el emplazamiento de señales de tránsito, cabinas, así como elementos con fines comerciales como carteles, vallas, anuncios, toldos.

Como se aprecia, son variadas las actuaciones negligentes ante un monumento o bien patrimonial que pueden poner en riesgo su integridad y valores. Es por ello que las buenas intenciones no conllevan siempre a resultados satisfactorios en materia de conservación del patrimonio. Se hace necesario consultar a los especialistas como el primer paso, desde el sistema de museos en cada municipio, así como la Oficina de Monumentos y Sitios Históricos y la Oficina del Conservador de la Ciudad. Consultar, sobre todo, cuando se trata de bienes que contienen una categoría patrimonial de Monumento Nacional o Local. Junto a ello, deben funcionar las Comisiones municipales de Monumentos, con los requerimientos específicos para la protección del patrimonio en cada localidad.

Conservar, desde un enfoque responsable, solicitar asesorías, encaminar las acciones con el rigor que requiere la protección es la forma adecuada para un resultado óptimo en esta tarea que nos une y compromete para entregar con integridad el patrimonio construido a las generaciones venideras.

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