Cuenta Cuba con Ley del Sistema de Identidad Personal y Domicilio

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Definida como una normativa garantista que viene a reforzar derechos refrendados en la Constitución de la República, se aprobó hoy la Ley del Sistema de Identidad Personal y Domicilio en el Séptimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su X Legislatura.

El primer coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, al presentar el cuerpo legal aseveró que este da respuesta a postulados relativos al derecho a la identidad, la protección de datos y la inviolabilidad del domicilio, entre otros.

Méndez Mayedo precisó que se establece el número de identidad permanente como método de identificación preponderante en Cuba, y se abre la posibilidad a los cubanos, tanto residentes en el territorio nacional como en el exterior, de solicitar la confección de su carnet y portarlo en el país.

De igual manera regula la definición de domicilio y la obligación del individuo a tener uno solo, entendido como la sede principal de una persona natural y el lugar donde establece sus relaciones jurídicas y donde puede ser localizado, apuntó.

El responsable de la actividad agregó que se contempla desde los fundamentos jurídicos el aseguramiento de las instituciones encargadas de recopilar la información registral y sus deberes con respecto a la ciudadanía.

A tono con las nuevas prácticas implementadas en el país, aclaró que la Ley regula también lo referente a la identidad digital.

Se propuso en última instancia la entrada en vigor de esta norma en tres meses, para que coincida con la vigencia de las demás leyes migratorias, de la cual resulta complementaria.

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ACN

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