Se prorrogan cuentas vigentes en pesos convertibles

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El Banco Central de Cuba (BCC) prorroga hasta el 28 de diciembre de 2022 la conversión de las cuentas bancarias de personas naturales que mantiene su saldo en moneda convertible (CUC), incluyendo las abiertas a colaboradores cubanos en el exterior.

Con la emisión de la Resolución número 74 del año en curso, las cuentas en CUC de modalidades de ahorro a la vista, operadas por libreta bancaria o tarjeta magnética, así como los plazos fijos y certificados a términos, se mantienen en la misma moneda.

Durante el nuevo periodo, el titular o titulares pueden optar por: convertir el saldo en pesos cubanos o solicitar un certificado a término en divisa (según las condiciones establecidas para este producto); en ambos casos es necesario presentarse de manera física en la sucursal del Banco de Crédito y Comercio (Bandec) donde fue abierta la cuenta en CUC.

Tenga presente que para efectuar el trámite de conversión de las modalidades indistintas, puede presentarse uno de los titulares; en el caso de las conjuntas es necesario la presencia de todos los propietarios.

La persona natural que por algún impedimento no pueda presenciarse o se encuentre fuera del país, tiene la posibilidad de realizar el trámite de conversión, siempre que se autorice la representación mediante Poder Notarial Especial.

El servicio de certificado en moneda libremente convertible (MLC) puede ser abierto en la moneda extranjera euros o dólares americanos, a partir del importe total o parcial acumulado en cuenta en CUC hasta el cierre del año 2020, al decretarse en el país el ordenamiento monetario y unificación monetaria.

Las cuentas de colaboradores con el beneficio del 30 por ciento a utilizar en establecimientos comerciales, también pueden ser convertidas en un certificado a término en MLC, con la particularidad de que la nueva modalidad no ofrece dicho beneficio.

En la resolución se establece además, que pasado el 28 de diciembre del presente año las cuentas bancarias en pesos convertibles de personas naturales, que se mantienen en esa moneda, se convierten a pesos cubanos a la tasa de cambio de un peso convertible por 24 pesos cubanos.

Convertidas a CUP, tanto en el periodo prorrogado como pasado este, la nueva cuenta mantiene las condiciones iniciales de cada modalidad como: el plazo contratado al abrirla, tasa de interés a generar, así como el medio para operarla; por ejemplo, de ser por tarjeta magnética no es necesario solicitar una nueva.

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