Jornada de actividades con colaboradores en Cienfuegos (+Reel y galería)
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En el Preuniversitario Martín Dihigo Llano, en la provincia de Cienfuegos, inició la Jornada de actividades con colaboradores, organizada por el Consejo Electoral Nacional (CEN), con el propósito de fortalecer el trabajo conjunto.
La iniciativa se extenderá hasta el viernes 18, y tiene como cometido, además, la actualización de la membresía de quienes auxilian a las autoridades electorales en el cumplimiento de la Ley Electoral.
Autoridades electorales provinciales y de los municipios, junto a directivos y funcionarios del sector educacional acuden a diferentes escuelas para intercambiar con los estudiantes y sus profesores, y así motivarlos en la trascendencia de sus funciones, al tiempo que los capacitan para ampliar su conocimiento sobre el Sistema Electoral Cubano, a la vez que los preparan para el proceso de Elecciones Municipales.
La Jornada de actividades con colaboradores de los órganos electorales en Cienfuegos comprende igualmente la realización de Puertas abiertas, encuentros con autoridades electorales de circunscripción y la participación, mediante videoconferencia, en el encuentro de la presidenta del órgano electoral cubano, Alina Balseiro Gutiérrez, con jóvenes.
LO QUE DEBES CONOCER
La Ley 127/2019, Ley Electoral deja claro quiénes son y cuáles actividades desempeñarán los colaboradores.
Artículo 269.1. Los colaboradores son ciudadanos cubanos de reconocido concepto público, seleccionados por su destacada trayectoria estudiantil o laboral, quienes sin ser autoridades electorales auxilian a estas y a los supervisores en el cumplimiento de lo regulado en esta Ley.
2. Los colaboradores son seleccionados por los consejos electorales nacional, provinciales y municipales, a los cuales informan de su gestión; ejercen sus actividades durante el proceso convocado.
Artículo 270.1. El número de colaboradores se corresponde con la complejidad del territorio y el total de comisiones y colegios electorales.
2. El Consejo Electoral Nacional determina las actividades que deben cumplir los colaboradores en correspondencia con el proceso de que se trate.
Artículo 271. Los colaboradores reciben una credencial que los identifica, expedida por el Consejo Electoral correspondiente.
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