Registro de la propiedad: inscribir inmuebles, asegurar el derecho y la legalidad
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El Registro de la propiedad es una entidad pública estatal que atiende en su mayoría a personas naturales y también a personas jurídicas.
Su objeto social es, precisamente, la inscripción de bienes inmuebles, con el propósito de poder registrar y tener algún tipo de documentación del tráfico jurídico que pueden tener esas viviendas dentro de nuestra sociedad y de cierta manera proteger el derecho de las personas naturales o jurídicas que puedan ostentar dicho derecho ante el propio Estado o a otra persona.
Tales detalles los ofrece Daniel Hernández Muñiz, especialista del departamento de registros públicos, de la dirección general de Justicia específicamente del Registro de la Propiedad, Mercantil y del Patrimonio.
“Según lo establecido por la Resolución 493/2021, el proceso de inscripción lo puede establecer el titular del derecho; lo puede presentar también aquella persona que transmitió ese derecho, porque tiene la idea de que su nombre no aparezca más en la titularidad de la vivienda porque ello lo puede restringir para poder adquirir una nueva en el futuro; de ahí la importancia de inscribir las viviendas y otros inmuebles en el Registro de la propiedad”, explica.
De igual manera, los asesores jurídicos que representan a las entidades estatales pueden acudir al Registro de la Propiedad, pues existe una sesión estatal y una personal.
Cada día, de lunes a viernes, a partir de las 7:30am se inicia la prestación de servicios. En ese momento, el registrador a cargo o el director municipal de Justicia, según sea el caso, ofrece una información general de orientación a los presentes.
“Para practicar la inscripción resulta indispensable poseer el titulo de propiedad
actualizado; es decir, que posea todos los elementos que la norma establece; no solamente la norma del Registro de la Propiedad sino también de la de los organismos competentes que pueden emitir títulos de propiedad; entre ellos la Notaría, resoluciones administrativas emitidas por las direcciones municipales de la Vivienda y de Ordenamiento territorial y urbanismo (antiguamente Planificación Física), además de las resoluciones judiciales ( autos o sentencias= que las emite el Tribunal cuando existe algún tipo de litigio sobre una vivienda.
“Es vital que el registrador verifique que la dirección esté correcta: las entre calles, la numeración de la vivienda (que es muy importante porque permite identificar a esa vivienda del resto), las medidas y lindero y de la superficie que van a demostrarle esa expresión física del derecho que pueda tener esa persona sobre la vivienda. En general, para practicar la inscripción la persona natural debería entregarla al registrador, que practica el principio de calificación, ese título de propiedad actualizado, el pago de impuestos sobre transmisión de bienes y gerencia y el documento de identidad que permita corroborar la coincidencia de los datos”.
Precisa Hernández Muñiz que desde el año 2022, está implementada la Plataforma Bienestar, que permite acceder, de manera digital, a los documentos del Registro de la Prioridad; lo cual facilita la labor y hace mucho más expedito el proceso de inscripción. Aclara que los documentos emitidos antes de julio de 2022 continúan en soporte de papel, con el sistema de folio real.
Ante afectaciones del servicio eléctrico…
No han detenido el servicio. “Se recogen, de igual manera, los trámites de la población y se ingresan al sistema una vez exista electricidad y conectividad u otras condiciones que faciliten el trabajo al registrador. Se mantiene el examen y la calificación de los expedientes, lo cual permite que- de existir- las personas puedan subsanar los errores y hacer la inscripción sin mayores dificultades.
“Los registradores entregan a cada persona, natural o jurídica, un comprobante en el que se establecen, entre otros el número de expediente, los documentos que entregó y además se les hace saber el número telefónico para que puedan comunicarse y estar al tanto de si ya está listo su trámite, aunque, por lo general, se está cumpliendo con el término establecido de siete días hábiles”.
Refiere el especialista que el mayor número de tramitaciones, como es lógico, se produce en el municipio cabecera y ello corresponde con la realización de la mayor cantidad de actos de transmisión de dominico: compraventa, permutas, donaciones, cesiones y también por los trámites migratorios.
De enero a mayo del actual 2025, se han concretado poco más de cinco mil trámites de inscripción, aunque han sido atendido muchas más personas y además se han practicado alrededor de mil 500 procesos de emisión de publicidad (emisión de las certificaciones de dominio y gravamen), las cuales son emitidos por el Registro de la Propiedad a las personas naturales o jurídicas para reafirmarles que existe- en verdad- un inmueble a su favor, que tiene un derecho reconocido dentro del registro y que puede practicar , fundamentalmente, su disposición sobre el mismo.
En los ocho municipios cienfuegueros existen oficinas del Registro de la Propiedad, lo cual obedece al principio de que las viviendas o inmuebles estatales o privados se inscriben en el municipio en el cual se encuentra enclavado.
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