La negociación colectiva y el papel de los sindicatos en Cienfuegos

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En la implementación de la Ley 116, Código de Trabajo y su Reglamento, resulta imprescindible la elaboración, firma, chequeo, actualización periódica y control a los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT), en función de atemperarlos a la nueva legislación y al entorno laboral actual.

Así se afirmó en un reciente análisis sobre tan importante tema, en el cual subrayaron además, la significación de ese documento para alcanzar la requerida actuación sindical en representación y defensa de los trabajadores, la aplicación del sistema de justicia laboral con sus modificaciones y el establecimiento de los reglamentos disciplinarios indispensables en las relaciones laborales.

Yannielys Pérez Pérez, miembro del secretariado del Comité Provincial de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), precisó al respecto que el sindicato es el máximo responsable de la organización, educación y representación de los empleados, por lo que entre sus principales funciones están: representarlos ante el empleador, el Gobierno y el Estado en el ejercicio de sus derechos y protección de sus intereses individuales y colectivos.

También, educar a sus afiliados en el deber de realizar su labor con eficiencia, calidad y productividad; cumplir las normas de conducta y disciplina, y respetar las leyes, así como cuidar los recursos y medios que utilizan en su trabajo y desarrollar programas preventivos que favorezcan su seguridad y salud.

De igual forma, debe ejercer las atribuciones que les confiere la legislación en la adopción de decisiones en los asuntos que les conciernen a los trabajadores; participar en la elaboración, ejecución y control de los planes de desarrollo económico y social, del presupuesto del Estado y particular de la entidad; proponer medidas encaminadas al perfeccionamiento de la misma, y tomar parte activa en la elaboración, cumplimiento, revisión y modificación del CCT.

Y a la CTC le corresponde lograr que los Convenios Colectivos de Trabajo constituyan el mecanismo esencial para la mejor aplicación y exigencia de los derechos y obligaciones recíprocos que rigen las relaciones de trabajo y de proceso de trabajo en la entidad.

A pesar de su importancia, persisten debilidades en esa herramienta esencial, como son: cuadros y dirigentes sindicales que no están claros de sus funciones ni del papel que les corresponde desempeñar en su elaboración y chequeo; poca preparación para afrontar el proceso de la negociación colectiva y sobre cómo elaborar y chequear el Convenio; utilización de la legislación ya derogada; desconocimiento de los lineamientos generales del sector, y poca claridad en los conceptos y terminologías fundamentales, lo que genera actuaciones incorrectas en el proceso y convenios sin calidad que no cumplen sus objetivos.

Resulta negativa la no creación de las necesarias comisiones negociadoras y en ocasiones no son considerados asuntos de gran importancia, como por ejemplo: derechos, funciones y garantías y las acciones que fomenten la participación de todos en la solución de los problemas, sobre la base de la actividad innovadora.

El ejercicio de negociación colectiva que se realiza aún es ineficiente, concluyeron.

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Ramón Barreras Ferrán

Periodista de la Editora 5 de Septiembre, Cienfuegos.

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