Símbolos en tiempos simbólicos

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Cuba es, definitivamente, un país de símbolos, y desde la primera infancia escuchamos a los maestros hablar sobre ellos; en el círculo infantil aprenden los niños unos versos que describen la bandera de la estrella solitaria: “Tres listas azules, dos listas blancas, un triángulo rojo y una estrella de plata”.

De modo que sobre respeto hacia los atributos nacionales no es preciso recalcar, sin embargo, se precisaba poner en blanco y negro qué, cómo y dónde usarlos y hasta socializarlos.

Un proyecto de Ley sobre la conveniencia, uso y respeto por los símbolos patrios se inscribe ya en el seno de la sociedad cubana, un ejercicio de participación que se va haciendo más frecuente y saludable, para ser aprobada, más tarde, con enmiendas y propuestas que la enriquecen, desde la redacción misma, hasta el agregado de contenido.

Son 76 artículos, agrupados en cinco títulos: una disposición transitoria, cinco especiales y dos finales. Además, contiene dos anexos: glosario de términos empleados e indicaciones para regular el diseño de la bandera y el escudo, así como la partitura del himno.

En el Título I se abordan aspectos generales referidos al objetivo de la norma: “Definir los atributos que identifican a los símbolos nacionales y establecer las reglas para su confección, uso, honores a rendirles y conservación”.

El Título II está dedicado a la bandera y al significado de los elementos que la conforman. También se hace alusión a “la posibilidad de fabricarla con otros tejidos, en aras de abaratar su elaboración, y con ello facilitar su adquisición por todas las personas naturales y jurídicas”.

El Título III refiere las características, usos y honores a rendirle al himno nacional, con énfasis en que este “no debe ejecutarse como publicidad comercial y se entona con el vigor de un himno de combate, después de izada la bandera”.

En el Título IV se integran las peculiaridades y empleos del escudo nacional y el sello de la República, así como el respeto que se rinde al primero.

El Título V versa sobre el uso de los símbolos nacionales en los centros educacionales y subraya la responsabilidad de todos aquellos encargados del cuidado y educación de niños y jóvenes, de enseñarles las características, significado histórico y honores que merecen los símbolos.

Y es válido que el patriotismo no puede ser legislado ni controlado; debe resultar espontáneo, pero también es fértil y necesita ser regado con el respeto a los símbolos que conforman la nación cubana: los mismos que por más de 150 años han liderado las luchas de liberación nacional por la independencia y la soberanía de la Patria.

El Himno de Bayamo, la historiografía lo recoge como uno de los momentos patrióticos que incluso le imprimiera carácter a la Guerra de los Diez Años. Cuentan que la música ya era tarareada por muchos en la ciudad de Bayamo antes de que se le incorporara la letra. Fue estrenada durante las celebraciones del Corpus Christi en el mismísimo púlpito de la Iglesia Parroquial Mayor, por la banda de Manuel Muñoz Cedeño, queriendo pasarle “gato por liebre” al teniente coronel Julián Udaeta, jefe militar de la Plaza.

La bandera de la estrella solitaria, que ondea soberana en múltiples escenarios de la vida política, económica y social de la nación, una idea original del general de origen venezolano Narciso López y diseñada por Miguel Teurbe Tolón —también autor del escudo nacional—, ha representado a Cuba desde que fuera proclamada oficial por la Asamblea de Guáimaro, el 11 de abril de 1869. Su uso en prendas de vestir y la manera en que debemos respetarla y honrarla, deberá quedar en tinta impresa, para que como símbolo, continúe ondeando en tiempos de simbolismo patrio.

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Magalys Chaviano Álvarez

Periodista. Licenciada en Comunicación Social.

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