¿Quién le pone el cascabel a la garantía?

Compartir en

Tiempo de lectura aprox: 2 minutos, 38 segundos

Complacida salió de la tienda. Había adquirido una batidora por poco más de 25 CUC, cifra “módica” si se tiene en cuenta que el precio de algunos equipos electrodomésticos besa las nubes. Saber que contaba con tres meses de garantía la hizo pensar en el modo de sacar el máximo al nuevo equipo durante esos 90 días, so pena de que se rompiera pasado el plazo sin haberlo disfrutado lo suficiente. No tuvo que esperar mucho: transcurrida la primera semana, dejó de funcionar.

Recorrió los engorrosos canales correspondientes hasta que, por fin, le repusieron el electrodoméstico, aun cuando ya para entonces tenía recelos de la marca y no confiaba en que otra licuadora salida de la misma fábrica fuese a funcionar bien. Había apelado a la devolución del dinero, pero esto no figuraba entre las soluciones posibles.

Quienes viven en esta isla saben de los dolores de cabeza que entraña la rotura de algún equipo recién comprado, los agotadores trámites en los talleres y el enrevesado camino que el cliente debe atravesar cuando lo que quiere es la devolución del efectivo.

La Resolución No. 54 de 2018, del Ministerio del Comercio Interior (Mincin) contentiva de indicaciones para la organización y ejecución de la protección al consumidor en el sistema de comercio interno establece como derecho de los consumidores contar con garantía, compensación, indemnización y reparación por daños y perjuicios causados, cuando corresponda.

Con el ánimo de mejorar y actualizar el sistema de protección al consumidor aún no existe una Ley a tal efecto en el país en septiembre de este año Betsy Díaz Velázquez, titular del Ministerio de Comercio Interior, emitió la Instrucción No. 5. Esta regula las formas de compensación al consumidor y los tiempos de garantía de los productos y servicios comercializados en la red minorista.

Relacionado: Protección al consumidor: ¿sin comprobante no vale?

De acuerdo con su contenido, la normativa se aplica a la prestación de servicios gastronómicos, personales, técnicos comerciales, técnicos de uso doméstico, alojamiento de subordinación local y la venta de mercancías comercializadas en la red minorista.

Sin dudas, la Instrucción enriquece las disposiciones de la Resolución No. 54/2018 y constituye una moción más en virtud de proteger al consumidor. Sin embargo, todavía subsisten escollos frente al goce de ciertas facultades. Muchas veces, los usuarios no cuentan con la información suficiente para hacer valer sus derechos, y ello facilita que se los escamoteen.

Estos no solo se aplican a la relación compra-venta en recintos comerciales, sino también a la esfera de la gastronomía y los servicios. Pero, ¿cuántas veces lo han compensado a usted por la falta de peso en el pan que adquirió; o porque el ómnibus se retrasó; o cuando descubrió que la leche en polvo olía a detergente?

Muchas más preguntas podrían lanzarse y, mientras pensamos la respuesta, otra interrogante sale a relucir: ¿por qué no reconsiderar el tiempo establecido para la garantía comercial de algunos bienes y servicios? Siete días para un par de zapatos que le ha costado a alguien 40 CUC (y de seguro no compró para “darle fuete”, como decimos de forma coloquial) constituye una bofetada a quien compró. ¿Y si la calidad no garantiza otra semana más?

Relacionado: Nuevas medidas económicas: todo el mundo cuenta

Solo leer los argumentos en el inciso No.3 del apartado No. 4 nos grita la necesidad de extender ese plazo: “Siete (7) días hábiles para aquellos que presenten deterioro ocasional por vicios ocultos, ya sea por mala fabricación o calidad de la materia prima utilizada, inadecuado o largo período de almacenamiento, incorrecta manipulación de la mercancía y otros no detectados en el proceso de la venta o servicio”. Si la culpa no es del consumidor, ¿por qué debe ser él quien más pierda?

Muchos, no sin razón, se quejan de que, a pesar de los avances en la protección al consumidor, las normas colocan al cliente en desventaja con los ofertantes, pues casi siempre la balanza se inclina más hacia los últimos. El descontento salpica a trabajadores por cuenta propia: artesanos o expendedores, quienes suelen asegurar la reparación, pero no tienen como práctica la devolución de efectivos. Sin embargo, las disposiciones vigentes también van para ellos.

Las intenciones son buenas y muy válidas, aunque todavía no alcanzan a ponerle el cascabel al gato. Se necesita más. Se necesita, por ejemplo, que se generalice y gane contundencia el apartado Noveno: “Las personas naturales o jurídicas comercializadoras de bienes y servicios pueden brindar una protección superior a la establecida en la presente, en correspondencia con el estándar y características del producto o servicio que ofertan y las circunstancias concurrentes a la venta o prestación de los mismos”.

Visitas: 998

Yudith Madrazo Sosa

Periodista y traductora, amante de las letras y soñadora empedernida.

3 Comentarios en “¿Quién le pone el cascabel a la garantía?

  • el 13 noviembre, 2019 a las 1:43 pm
    Permalink

    Saludos, el problema de la garantía de zapatos por 7 días es que al ponerlo en tienda se sabe que son malos o que llevan tiempo de comprado (por el estado) y ya la piel artificial se sabe que se ¨despellejarᨠo simplemente se despegan al estilo ¨lascoste¨como dice panfilo, si dan un mes ¨pierden¨.

    Respuesta
  • el 12 noviembre, 2019 a las 2:18 pm
    Permalink

    Eso sucedió hace varios años. Como podrás suponer, se rompió rápido. Luego, la clienta tuvo que comprar otra batidora, de marca Kenwood. Y tiene razón, ronda los 60.00 CUC. Me alegra que haya leído el trabajo. Solo lamento que se dentenga en poner en tela de juicio nimiedades como esa, en lugar de aportar sobre la esencia del trabajo. Si vive en Cuba, sabe que los precios fluctúan.
    Saludos cordiales.

    Respuesta
  • el 11 noviembre, 2019 a las 3:34 pm
    Permalink

    25 cuc una batidora???? eso era en merma, no? porque todas cuestan más de 50. Díme dónde están a 25 para comprar un par….

    Respuesta

Responder a Yudith Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *