Nuevos Decretos del Consejo de Ministros: Ante indisciplinas sanitarias y violaciones de precios, se impone la ley

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La persistencia de las violaciones relacionadas con los precios y tarifas establecidos para disímiles productos y servicios y el cumplimiento de los protocolos sanitarios previstos para enfrentar la Covid-19, demandaban una mayor severidad en los correctivos previstos para enderezar tales conductas. 

De tal suerte, el Consejo de Ministros aprobó el Decreto 30/21 “De las contravenciones personales, sanciones, medidas y procedimientos a aplicar por la violación de las normas que rigen la política de precios y tarifas”, y el Decreto 31/21 “De las infracciones de las medidas sanitarias para la prevención y enfrentamiento de la Covid-19”.

El actual febrero ha marcado la aplicación de ambas normas jurídicas, publicadas en la Gaceta Oficial No. 8 Extraordinaria del 29 de enero de 2021, que en su articulado dejan bien claro cuáles son las principales infracciones y las cuantías de las multas que se aplican en cada caso.

Establecer las contravenciones personales, sanciones, medidas y procedimientos a aplicar por la violación de las normas que rigen la política de precios y tarifas, es el objetivo del Decreto 30/21, y se aplica a las personas naturales relacionadas con la comercialización de bienes y servicios de forma mayorista o minorista.

Muy importante resulta el hecho de que en la norma se define en qué consisten los precios abusivos y especulativos, y establece las sanciones y medidas a imponer por las violaciones.

Ante la violación de la política de precios se aplica el Decreto 30/21 del Consejo de Ministros. / Foto: Cadena Agramonte

No pocos productos han visto violentados sus precios, sobre todo los agropecuarios, lo cual se convierte en un frente a no descuidar, tal y como lo precisa Paulino Pablo Díaz Santillán, máximo responsable de la Dirección Integral de Supervisión (DIS), en Cienfuegos.

“En nuestra provincia están bien definidos los precios máximos a los que deben vender las entidades estatales y también los carretilleros; cuando estos precios exceden lo que está aprobado en el acuerdo adoptado por el Gobierno provincial, entonces estamos hablando de violación de precios y de la aplicación de precios abusivos y especulativos, ya sea por los carretilleros, por algunos puntos de venta de la Agricultura urbana o entidades estatales, por lo cual procede la aplicación del Decreto 30/21 en el artículo 7 inciso l, que contempla la multa desde 8 mil hasta 10 mil pesos por “aplicar, permitir que se aplique u ordenar aplicar precios abusivos o especulativos (…)”.

Díaz Santillán considera muy oportuna la precisión que se hace en el artículo 8.1 del referido decreto pues “ofrece la posibilidad de proceder a la venta de los productos al precio establecido, lo cual es lo más favorable para la población que demanda los productos”.

En ese sentido el decreto establece que “en los casos previstos en el apartado anterior, se puede establecer como sanción accesoria además de la obligación de hacer, el decomiso y la venta forzosa de los bienes, según corresponda”.

Por su parte el Decreto 31/21 tal y como se precisa en su artículo 1 “(…) tiene por objeto establecer en todo el territorio nacional, las infracciones de las medidas sanitarias para la prevención y enfrentamiento de la Covid-19 y en razón de ello delinea muy bien las infracciones, cuantías de las multas, las autoridades facultadas para aplicar las mismas, cómo deben pagarse y la tramitación requerida cuándo expira el plazo para cumplimentar la obligación de pago”.

“Por ejemplo, se establecen multas de dos mil pesos a quien dificulte en cualquier forma el cumplimiento de las medidas sanitarias dictadas por la autoridad competente; a quienes siendo directivos de un centro de trabajo o estudio incumplan las normas sanitarias vigentes la multa a imponer es de tres mil pesos; mientras quienes no usen o usen incorrectamente el nasobuco o mascarilla en las vías públicas, ómnibus, autos e interiores de los centros laborales y de servicios se le aplican dos mil pesos de multa”, explica el director de la DIS.

Respecto a cuál es el recorrido de las multas una vez impuestas, Glenia Cristina Díaz González, directora de Finanzas y Precios en Cienfuegos, significa que “en ambos casos las multas se pagan en la oficina habilitada a esos efectos en el municipio donde reside el infractor, dentro de los 30 días naturales contados a partir de su imposición, y transcurrido el plazo dispuesto sin que se haya efectuado el pago, el importe de la multa se duplica.

“En el caso del Decreto 30/21, una vez que transcurren los 30 días naturales posteriores a la duplicación de la multa y no se haya realizado el pago, la autoridad facultada formula la correspondiente denuncia para dar inicio al proceso penal; es decir, se llevan ante los tribunales; mientras que en el Decreto 31/21, una vez que la multa se duplica y no se paga, se hayan agotado todas las gestiones para el cobro y aplicado la vía de apremio administrativa, entonces la autoridad facultada formula la correspondiente denuncia para dar inicio al proceso penal”.

LO HECHO HASTA EL MOMENTO… 

Desde la entrada en vigor de los decretos aprobados por el Consejo de Ministros, se han dado pasos en Cienfuegos para su aplicación, pero ¿cuál es el comportamiento?

“Hasta el momento (primera quincena de febrero), la cifra de multas por ambos decretos se queda muy por debajo de las manifestaciones de indisciplina que cada día pueden apreciarse. Se han aplicado unas 176 contravenciones, fundamentalmente a tenor del Decreto 31, y de los organismos impositores, la Policía Nacional Revolucionaria reporta el mayor número”, afirma Fara de las Mercedes Iglesias González, coordinadora de Programas y Objetivos de la Defensa del Gobierno provincial.

La funcionaria reconoce en ambas normas jurídicas instrumentos de mucha valía; de ahí que “a la vez que se preparan a los representantes de los organismos impositores, debe accionarse en su aplicación con la justa medida y observando todo lo dispuesto”.

En reciente análisis del enfrentamiento al delito y las indisciplinas sociales   Alexandre Corona Quintero, vicepresidente del CDP, refirió lo vital de “incrementar el rigor en la aplicación de ambas normas jurídicas, sobre todo el Decreto 30 a aquellas personas que de manera ilegal desempeñan disímiles actividades del trabajo por cuenta propia y aplican precios abusivos y especulativos”.

Por su parte, el presidente del Consejo de Defensa Provincial (CDP), Félix Duartes Ortega, insistió en que “el reforzamiento de la cuantía de las multas viene a contribuir mucho más al orden y a la disciplina, porque no es lo mismo que al infractor se le aplique una multa de 50.00 pesos o 100.00 pesos que una mínima de dos mil 500 pesos, y si es reiterativo pueda llegar a 15 mil.

“Se impone, además, una sistemática divulgación de los contenidos de cada decreto y también el accionar que bajo su amparo se materializa en la provincia, porque no estamos de brazos cruzados. No basta con el quehacer de las autoridades, se requiere también la participación popular, pues la mayoría de las violaciones ocurren en los barrios.

“La batalla tiene que ser de todos, puntualizó el primer secretario del Partido en Cienfuegos, porque si todos nos sumamos, los resultados serán superiores”.

Ya son realidad dos normas jurídicas de mayor rigor, y en opinión de esta periodista, ha de engrasarse todavía mejor el mecanismo en el que se combine la continua preparación y la aplicación con la justa medida y observando todo lo dispuesto para que se afiance la legalidad y el orden en beneficio de todos.

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Tay Beatriz Toscano Jerez

Periodista.

3 Comentarios en “Nuevos Decretos del Consejo de Ministros: Ante indisciplinas sanitarias y violaciones de precios, se impone la ley

  • el 25 febrero, 2021 a las 6:32 pm
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    Cuando se trata el tema de precios abusivos tenemos q ir no solo a las ramas sino investigar la raiz del asunto. Un vendedor me explico q el productor le vendio caro justificandose con los precios elevados de los insumos q les proporciona el estado.No se si es asi pero al final pagan con el gobierno

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  • el 25 febrero, 2021 a las 11:09 am
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    Cada día es imposible comprar, en cualquier lugar, y aclaro, existe hoy un suministro que no es malo en placitas, y puntos de ventas de CIMEX y TRD, pero todos estos tienen que reestructurar junto a acopio y Comercio, los mejores MECANISMOS y formar para realizar las ventas. las cifras de infestados por COVID, suben y quienes nadie piensa en como MEJORAR estas situaciones, es cierto que el pueblo está agresivo, pero tenemos que pensar en RESPETO, ORDEN y Disciplina, y todos tenemos que cooperar. ya estos temas no se publican

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  • el 25 febrero, 2021 a las 11:04 am
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    Todos tenemos que sumarnos, pero en cada lugar existe un ADMINISTRADOR, de Comercio, o Acopio, las tiendas son un desastres, las placitas un desastre, ESTAMOS CAPACITANDO AL PERSONAL QUE ADMINISTRA PARA APLICAR POLITICAS DE ORDENAMIENTO, respeto y disciplina, esas se tiene que llevar a todos los actores de esta BASE LEGISLATIVA. No podemos dejar solo al GOBIERNO todas las EMPRESAS, y organismos tiene que ver cual es su Roll, con la ley en la mano. es cierto todos tenemos que ayudar, sumarnos, pero existe mucha mediocridad en el camino, que nos hace daño, esos ORGANIZAN, ponen la cara, y toman decisiones. CAPACITAR hasta quien despacha, a quienes atienden al público, LAS PERSONAS TIENEN QUE TENER COMPETENCIAS para ejercer su trabajo, sea cual sea, INCLUSO MODALES PARA TRATAR al público con la ley en la mano, mucho por hacer y bien pensado.

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