Nuevo Decreto-Ley para reincorporación de pensionados al trabajo

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La Gaceta Oficial publicó este viernes nuevas normas jurídicas que estimulan la permanencia en el empleo y facilitan la reincorporación al trabajo de los pensionados por edad del régimen general de seguridad social.

Fuentes del ministerio de Trabajo y Seguridad Social señalaron que el Decreto-Ley 36, modificativo de la Ley 105 de Seguridad Social, flexibiliza el procedimiento para dicha reincorporación.

Asimismo faculta a los jefes de los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales, empresas, sociedades mercantiles y órganos locales del Poder Popular para autorizar la reincorporación de un pensionado al mismo cargo que desempeñaba en el momento de obtener su pensión.

El pensionado podrá devengar la pensión y el salario, siempre que responda al interés de la entidad, previa consulta al Consejo de Dirección.

Cambios significativos

El Decreto-Ley 36 exceptúa de la aplicación del límite del 90 por ciento del salario promedio para el cálculo de las pensiones y los subsidios, previsto en la vigente Ley 105 de Seguridad Social.

Esa excepción incluye a los pensionados reincorporados al trabajo con 45 años o más de servicios y que laboren como mínimo cinco años, a los efectos de poder incrementar la cuantía de su pensión.

Por otra parte, el Decreto-Ley 39, modificativo del Decreto 283, cambia el procedimiento para el cálculo del incremento de la pensión por edad cuando los jubilados reincorporados al trabajo decidan cesar el mismo.

Para mayor información, los interesados pueden consultar el sitio web del ministerio de Trabajo y Seguridad Social en la dirección: www.mtss.gob.cu

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5 de Septiembre

El periódico de Cienfuegos. Fundado en 1980 y en la red desde Junio de 1998.

9 Comentarios en “Nuevo Decreto-Ley para reincorporación de pensionados al trabajo

  • el 17 enero, 2024 a las 5:08 pm
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    Cuando se conoce de que el trabajador se jubila y contrata y le pagan el mes de vacaciones que se relaciona con el proceso de respuesta para el contrato en ese mes hay que darle baja al trabajador o puede seguir trabajando sin devengar nada

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  • el 12 diciembre, 2023 a las 11:52 am
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    Mis saludos y respeto a quien pueda interesar.
    Yo espero que como pongo todos mis datos que no me escondo para nada me den una respuesta de mi desconocimiento, sobre esto me perdone hasta la Luna que le escrito desde Junio y brilla por su ausencia la respuesta.
    Yo pensionado del MININT se me aplica todos lo que tengo derecho bien por hay, me Reincorporo al trabajo en la Vida civil que están obligado a aplicarme todas las Leyes por la la vida civil desde si cometo indisciplinas que son aplicadas por la vía civil no por la vía Militar por cuanto estoy desempeñándome como civil bien.
    Mi pregunta porque no se me aplica el Decreto Ley 36 modificativo de la ley 105 y 38 modificativo de su reglamento si llevo 15 años como trabajador civil en una Gráfica del Ministerio de Industria no del MININT, espero puedan explicarme eso. Ya que cuando cometo indisciplina me llevan al MININT para me apliquen medidas si no en mi mismo trabajo se me aplican, es mi pregunta.
    Esto es a raíz que pido se me reconozcan mis años trabajados y me lo agreguen el 2% de cada años trabajados a la Chequera que hoy percibo, solo de simple esa pregunta.
    Le escribí a la Oficina del Primer Ministro, Asamblea Nacional Fiscalía, Justicia y espero se me de solución a 15 años de trabajo en la Vida civil de Reincorporado, dando o entregando mi modesta energía que me queda para contribuir un poco más a mi Cuba.
    Gracias.
    Espero Dios Mediante tengan la gentileza y me expliquen, porque voy a perder 15 años que no son 6 meses por cosas que no entiendo.
    52803084. William Pensionado por el MININT

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  • el 4 octubre, 2023 a las 3:37 pm
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    Por los menos espero me den una respuesta de mi inquietud.
    De acuerdos se aprueban nuevas leyes Decretos todo bien, pero quien defiende a los obreros que presentan problemas se quejan por algo creen esta mal y no hay respuesta, donde esta la Justicia Laboral.
    Yo William Quiñones Martínez, Dirección calle 1ra nr.41 % 22 y 24 Camilo Cienfuegos Bayamo Granma.
    Teléfonos 23 436047 — 52803054.
    Ahora bien si yo me pensiono por el Decreto 102 para los combatientes del MININT, hoy en día derogada por el Decreto Ley 40/2021 y su Resolución 26/2021, porque el INASS me aplica el Procedimiento para el tramites de las pensiones al amparo del Decreto Ley 344 de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
    Me explico, yo soy pensionado del MININT, Reincorporado a la vida civil, hasta que cumplí 31 años en la institución soy del Régimen Especial de Seguridad Social que me pagan una chequera, al reincorporarme en la vida civil como soy civil se me debe aplicar los decretos civiles porque cuando hay que sancionarme me aplican que le la civil o militar, es el reglamento civil y porque no tengo Derecho a que se aplique el Decreto Ley 36 que modifica la Ley 105 del 2021 y 39 que modifica el Decreto Ley 283 reglamento de seguridad social o es que no leen bien los decretos, pero esta bien aplicame mi derechos del Decreto 40 del 21 y la Resolución 26 del 21 no el que menciono anteriormente, mi presión a mil, estos últimos decreto no especifica si es para los caso de seguridad social especial o para que trabajadores dice en general, pero los compañeros del INASS manifiestan que son para los civiles y yo que soy con estos 14 años y 9 meses que estoy trabajando en la vida civil, desde el 2009 hasta la fecha corre por las leyes civiles que es el calculo que deben hacer al yo cesar cuando así lo desee como dice la ley y los decretos del Minint no dicen que yo debo trabajar 20 años para que se me reconozcan los años trabajados, dice cuando decida cesar en el tengo todos los Decretos y Leyes que me lo se de memoria no como en el INASS que desconocen de estas leyes y cual me aplican el 344 del 2016 que las FAR modifica en el 2021 igual que las nuestras del MININT.
    Gracias.
    Yo espero si de verdad protegen a los trabajadores, alguien que me de una contundente respuesta y diga que yo despues de pagar mis 5% y a partir de este año el 10% de la seguridad social que trabaje para míster ingles, mis 14 años y 9 meses están perdidos, espero que el despacho del 1er Ministro me responda también a un escrito que le hice y estoy seguro con toda fe que el me contestara por su amable atención para con los ciudadanos.
    Revolucionariamente,
    William Quiñones Martínez.

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  • el 13 septiembre, 2023 a las 9:30 am
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    Yo estoy jubilada reincorporada al trabajo percibiendo mi chequera y el saldo de mi plaza hace dos años, voy a dejar ese trabajo y comenzar otro. Existe en algún momento adecuación de la chequera por los años posteriores trabajados?

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  • el 6 febrero, 2023 a las 12:19 pm
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    Es lamentable que los jubilados que nos reincorporamos al trabajo percibamos una pensión tan baja que no nos alcanza en la actualidad para solventar las necesidades vitales. ¿Por que no se recalcula la pensión teniendo en cuenta la cuantía de salario que devenga en la actualidad?¿ Por que esa discriminación si estamos trabajando desde temprana edad y aun nos mantenemos muchos trabajando?. No pienso que la medida adoptada beneficie sino que discrimina, pues estamos trabajando y cumpliendo cabalmente con todas los requerimientos de las plazas que ocupamos y no tenemos los mismos derechos que los que se jubilan en la actualidad que solamente les toman el tiempo después del reordenamiento y los años de servicio y tienen jubilaciones mayores. Quiero señalar que estoy de acuerdo con la medida aplicada a esos trabajadores, pero deben extenderlas también a los jubilados recontratados que tanto han aportado y aportan al desarrollo de nuestro país y al mantenimiento de esta revolución. Apliquemos el concepto de Revolución

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  • el 18 julio, 2022 a las 2:20 pm
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    Buscaba cómo beneficiaba la nueva ley a los jubilados reincorporados. Porque me jubilé de 62 años , tengo 69 y hasta mayo 2022 trabajé. Me alegró que muchos compañeros fueran beneficiados . Pero hay un grupo al que sin distinción nos subieron 1500 o sea parejo sin tener en cuenta las diferentes escalas , permanencia . Los jubilados actuales salen con escalas altísimas aún teniendo pocos años en la universidad . Es justo pero……..los que llevábamos 40 años

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  • el 28 abril, 2022 a las 2:18 pm
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    Cómo es posible que compañeros que se jubilen un año después que yo tengan una jubilación dos y tres veces superior a la la mia que trabajé en épocas más difíciles.

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    • el 22 marzo, 2023 a las 3:44 pm
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      Tengo 54 años de trabajo en el Ministerio de Educación y sólo devengo 1628 pesos, ahora presento el recalculo por cumplir 74 años y presentar problema de salud. Y según cálculos con el nuevo recalculo solo devengaré algo más de 3000 pesos ¿es eso justo?

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    • el 22 junio, 2023 a las 2:03 pm
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      Me jubilé con 45 años de trabajo y me reincorpore de nuevo. Preguntó. Me puedo volver a jubilar, que tiempo más debo trabajar.

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