La obra de la Revolución es la principal garantía para los derechos humanos en Cuba

Compartir en

Tiempo de lectura aprox: 7 minutos, 6 segundos

El tema de los Derechos Humanos ha constituido por años el eje fundamental de los ataques mediáticos contra la imagen de Cuba. Este cobra mayor relevancia en la coyuntura política que marca las relaciones bilaterales entre Cuba y EE. UU. Granma propone una lista con los principales derechos del pueblo cubano, en diferentes esferas, que muestran la realidad de un país que los manipuladores persiguen negar.

PARTICIPACIÓN EN LOS ASUNTOS PÚBLICOS

  • Nuestras leyes prevén los mecanismos y formas en que se hace efectiva la participación popular en los asuntos públicos.
  • Todos los ciudadanos tienen iguales oportunidades de acceso a los más altos cargos públicos, en función de sus capacidades y méritos, y no en dependencia de su capacidad económica o financiera.
  • Mecanismos como la rendición de cuenta constituyen vías efectivas para favorecer la participación activa de la población en el control a la gestión del Gobierno y los representantes electos.

ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

  • Los derechos de queja y petición tienen un rango superior en el ordenamiento jurídico, y se complementan con el derecho de los ciudadanos a recibir la atención o respuestas por parte de las autoridades, en un plazo adecuado y conforme a la ley.
  • Se perfeccionaron y ampliaron las vías para la atención de la ciudadanía, para canalizar sus denuncias, preocupaciones o quejas, y ofrecer asesoría para la protección de sus derechos.

ACCESO A LA JUSTICIA

  • Sistema de administración de justicia accesible, eficaz, transparente y apegado a la ley.
  • Los jueces cubanos asumen como principios fundamentales el humanismo, el respeto al debido proceso, a las garantías y a los derechos humanos, y el incremento de la calidad y agilidad en la tramitación de los procesos para lograr decisiones justas, evitar la impunidad y los errores judiciales.

ESTADO DE DERECHO Y CONTROL DE LA LEGALIDAD

  • Cuba es un Estado socialista de derecho. Impera la ley. Cumplir estrictamente la legalidad socialista es una obligación de todos.
  • El principio de legalidad está ampliamente protegido. Están consagrados en normas jurídicas los derechos y deberes de la ciudadanía, las atribuciones y obligaciones del Estado, y el funcionamiento del aparato estatal y gubernamental.
  • Las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley actúan con estricto apego a la legalidad.

SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA

  • Las mujeres tienen derecho a la elección libre y responsable sobre la fecundidad, el número de hijos y el momento de tenerlos, y al aborto. Este se realiza en instituciones de Salud, de manera gratuita y con personal titulado de alta calificación médica, siempre respetando el consentimiento de la mujer.
  • Contamos con servicios de planificación familiar desde el nivel primario de Salud y servicios ginecológicos especializados para adolescentes.

LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD

  • Los procedimientos, atribuciones, obligaciones y reglas de actuación por los cuales las autori-dades o sus agentes deben desempeñar sus funciones están previstos y reconocidos en la ley.
  • La legislación establece los recursos, vías y procedimientos para proteger a las personas de las infracciones cometidas por las autoridades o sus agentes en el cumplimiento de sus funciones, remediarlas y exigir responsabilidad, incluyendo penal, a quien corresponda.
  • No hay espacio para la impunidad.

DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

  • La protección de la niñez y la adolescencia es una tarea de primer orden, que se ejecuta sobre la base de los postulados de la Convención de los Derechos del Niño.
  • No existen niños, niñas o adolescentes obligados a trabajar, ni infantes abandonados sin protección. Los castigos corporales no están permitidos, ni son tolerados.
  • La protección de la niñez y la adolescencia se materializa en políticas públicas, programas sociales y proyectos comunitarios de gran impacto.

PROTECCIÓN DE LA JUVENTUD

  • La atención de la juventud se desarrolla a través de políticas públicas y programas sociales universales y gratuitos.
  • Las políticas de juventud se caracterizan por tener un enfoque integral y por promover la equidad social, con una elevada participación y capacidad de decisión de los jóvenes en el ámbito político, económico, social y cultural.
  • Se ha priorizado el sector del empleo, con un enfoque de formación de las habilidades necesarias para que los jóvenes se incorporen a la vida laboral y desarrollen sus potencialidades.

PROTECCIÓN DEL ADULTO MAYOR

  • La nueva Constitución fortaleció el reconocimiento y protección de los derechos del adulto mayor, bajo el principio de corresponsabilidad.
  • Existen 293 casas de abuelos, con 10 023 capacidades, y 155 hogares de ancianos, con 12 346 camas y 3 400 plazas de día.
  • Existen más de 300 médicos especializados en Geriatría y Gerontología.

DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

  • La protección y atención de este grupo poblacional se corresponde plenamente con la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
  • La nueva Constitución ratificó y fortaleció la protección jurídica de los derechos de las personas con discapacidad.
  • Las personas con discapacidad tienen acceso al Sistema Nacional de Educación, universal y gratuito.
  • La política de empleo otorga prioridad a la persona con discapacidad para el acceso al trabajo ordinario.

PERSONAS LGBTIQ

  • La nueva Constitución prohíbe expresamente la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género. A su vez, reconoce la existencia de distintos tipos de familias.
  • Se han ampliado los espacios de diálogo, estudio y reflexión sobre estos temas, diversificando, con apoyo gubernamental, las actividades de sensibilización y divulgación.

DERECHOS LABORALES

  • La Constitución reconoce el derecho al trabajo, y que toda persona en condiciones de trabajar tiene derecho a obtener un empleo digno, según su elección, calificación, aptitud y las exigencias de la economía y la sociedad.
  • Quien trabaja tiene derecho al descanso, que se garantiza por la jornada de ocho horas, el descanso semanal y las vacaciones anuales pagadas.
  • El Estado garantiza el derecho a la seguridad y salud en el trabajo.

DERECHO A LA SALUD

  • Es responsabilidad del Estado garantizar el acceso, la gratuidad y la calidad de los servicios de atención, protección y recuperación.
  • El Sistema Nacional de Salud se basa en un modelo público y único de prestación de servicios, gratuito, que brinda atención al 100 % de la población de forma integral, sin discriminación.
  • Con un médico por cada 122 habitantes, Cuba es, según la OMS, la nación mejor dotada en este sector.
  • La esperanza de vida es de 78,45 años como promedio.

LIBERTADES DE OPINIÓN, EXPRESIÓN Y PRENSA

  • Como ocurre en otros países, no es posible utilizar el ejercicio de estos derechos para violar la legalidad.
  • Las condiciones materiales para el ejercicio de estos derechos, se facilitan por el hecho de que, los medios fundamentales de comunicación social no pueden ser objeto de propiedad privada, lo cual asegura su utilización exclusiva al servicio del pueblo y los intereses de la nación.

LIBERTADES SINDICALES

  • Los trabajadores tienen derecho a asociarse voluntariamente y constituir organizaciones sindicales.
  • Las organizaciones sindicales cubanas defienden y representan los intereses y derechos de los trabajadores.
  • Los dirigentes de las organizaciones sindicales tienen las garantías necesarias para el ejercicio de su gestión.

ACCESO A LA INFORMACIÓN

  • La Constitución consagra que todas las personas tienen derecho a solicitar y recibir del Estado información veraz, objetiva y oportuna, y a acceder a la que se genere en los órganos del Estado y entidades.
  • Los esfuerzos del país para continuar avanzando en el gobierno electrónico y en la informatización de la sociedad constituyen una garantía adicional para favorecer el acceso a la información.

DERECHO A LA SEGURIDAD Y ASISTENCIA

  • El Estado cubano garantiza la protección adecuada del trabajador, su familia y la población en general a través del Sistema de Seguridad Social, que comprende un régimen general, de seguridad social, un régimen de asistencia social, así como regímenes especiales.
  • Se han dedicado más de 1 000 millones de pesos a sufragar gastos de la pandemia, incluido el respaldo salarial a más de 100 000 madres o padres que se centraron en el cuidado de sus hijos durante la COVID.

SISTEMA POLÍTICO CUBANO

  • La existencia de un solo partido en el sistema cubano es resultado de factores históricos y contemporáneos. A diferencia de lo que ocurre en otros países, el PCC no constituye un partido electoral.
  • La  pluralidad política de un país no la determina el número de partidos, sino el grado de participación y representación real que alcancen los más diversos sectores de la sociedad en la conducción de los más importantes asuntos.

SISTEMA ELECTORAL CUBANO

  • El voto es libre, voluntario y secreto.
  • Todos los ciudadanos tienen derecho a elegir y a ser elegidos.
  • Los mandatos de los integrantes de los órganos representativos del poder del Estado son elegibles, renovables y revocables.
  • Se realizan elecciones periódicas, con un alto nivel de participación popular.

DISCRIMINACIÓN RACIAL

  • Está proscrita la discriminación racial y por color de piel.
  • No hay segregación racial, ni patrones raciales en las instituciones encargadas del cumplimiento de la ley.
  • La lucha contra toda forma de discriminación racial y su erradicación es un objetivo permanente.

DERECHOS CULTURALES Y ACCESO AL ARTE Y LA CULTURA

  • Los derechos culturales reciben en Cuba amplia protección. Se fomentan y promueven el arte y la cultura para todas las personas, sin discriminación.
  • Para favorecer el acceso a la cultura, el ejercicio de la libertad de creación artística y el derecho de todos a disfrutar del arte y la cultura, se amplía la red de instituciones culturales de base, con el objetivo de acercar los servicios culturales al ciudadano promedio.
  • La política cultural cubana apoya decisivamente la creación.

LIBERTAD DE CREACIÓN ARTÍSTICA

  • Ningún artista cubano es perseguido por lo que piensa o expresa.
  • Como ocurre en otros países, no es posible utilizar el ejercicio de este derecho para violar la legalidad.
  • La cultura y la libertad de creación artística no deben manipularse para disfrazar agendas financiadas y organizadas desde el exterior.

LIBERTAD RELIGIOSA

  • Se reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa.
  • Toda persona tiene derecho a profesar y practicar o no creencias religiosas.
  • Las instituciones religiosas nombran y ubican libremente a su personal consagrado.

DERECHOS DE LA MUJER E IGUALDAD DE GÉNERO

  • La nueva Constitución consagra la igualdad de derechos y responsabilidades entre la mujer y el hombre en lo económico, político, cultural, laboral, social, familiar y en otros ámbitos.
  • En la Asamblea Nacional del Poder Popular, que es el máximo órgano del poder del Estado, el 53,2 % de los diputados son mujeres.
  • Las mujeres constituyen el 45,8 % de la fuerza laboral en el sector estatal civil.

GARANTÍAS DEL DEBIDO PROCESO

  • Las reglas y límites de actuación por los cuales las autoridades deben proceder en la detención, investigación, procesamiento y enjuiciamiento de una persona, están previstas y reconocidas en la ley.
  • Nadie puede ser detenido sino en los casos, en la forma y con las garantías que determinan las leyes; ni encausado o condenado sino por un tribunal competente en virtud de leyes anteriores al delito imputado.
  • Existe el procedimiento de habeas corpus, para impugnar la legalidad de una detención.

DERECHO A LA EDUCACIÓN

  • La educación es un derecho de todas las personas, y constituye una responsabilidad del Estado, que garantiza servicios de educación gratuitos, asequibles y de calidad para la formación integral, desde la primera infancia hasta la enseñanza universitaria de posgrado.
  • Contamos con un sistema educativo de calidad, de cobertura universal, y gratuito en todos los niveles de enseñanza, al que se accede sin discriminación.
  • Alrededor del 21,5 % de los gastos corrientes del Presupuesto Nacional y más del 11 % del PIB se destina a la Educación.

DEMOCRACIA

  • La democracia en Cuba no se limita al momento de las elecciones. Es un ejercicio permanente de participación, apoyo y control activo de la población al Gobierno.
  • El más reciente ejemplo de democracia en Cuba es la nueva Constitución de la República, ratificada en referéndum popular por el voto favorable del 86,85 % de los votantes.

DETENCIONES ARBITRARIAS Y PRESOS POLÍTICOS

  • En Cuba no se practican detenciones arbitrarias ni existen presos políticos.
  • Las detenciones se realizan conforme al procedimiento penal, por cometer delitos previstos en nuestras leyes, y cumpliendo las amplias garantías del debido proceso.
  • Es lamentable que se trate de presentar a delincuentes comunes como «presos políticos» o «defensores de derechos humanos».

PROTECCIÓN EN EL SISTEMA PENITENCIARIO

  • El Sistema Penitenciario cubano garantiza un trato justo y condiciones de vida dignas a las personas privadas de libertad.
  • Cuenta con las instalaciones, personal especializado y recursos para garantizar la atención médica de calidad.
  • No hay trabajo forzoso en las prisiones. Los incorporados voluntariamente al trabajo reciben remuneración económica.

LIBERTAD DE ASOCIACIÓN

  • Se promueve la participación activa de las organizaciones de la sociedad civil.
  • Las asociaciones constituidas conforme a la ley ejercen libremente sus funciones, eligen a sus representantes y directivos, y realizan sus actividades sin interferencias estatales.

(Granma)

Visitas: 1

5 de Septiembre

El periódico de Cienfuegos. Fundado en 1980 y en la red desde Junio de 1998.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *