Informa MINCIN sobre regulaciones de productos para el mes de junio

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Ante la baja disponibilidad de varios productos alimenticios y de aseo e higiene en la red minorista, el país mantendrá algunas regulaciones que permitan una distribución más equitativa de los mismos en el mes de junio.

La ministra de Comercio Interior, Betsy Díaz Velázquez, insistió que en la venta de mercancía, se prioriza y controla mensualmente por la máxima dirección de país, la canasta familiar normada “que abarca 11 millones 138 mil 625 consumidores, con 23 productos, de ellos 19 alimenticios y 4 no alimenticios, los que se distribuyen teniendo en cuenta dos criterios: grupos etarios —dígase los niños— y el segundo las zonas urbanas, rurales y del Plan Turquino”.

En este sentido reiteró que la política del país no es incorporar productos a la canasta normada, y sí a los mercados de oferta y demanda ya que “se trata de una situación coyuntural”.

Atendiendo a la existencia de diferentes mercancías, para este mes de junio se prevé regular en la red de venta liberada, la comercialización de los productos que se detallan con el per cápita siguiente:

  • Arroz: hasta 10 libras
  • Frijoles: hasta 5 libras.
  • Pollo: Hasta 5 kilogramos.
  • Pescado: hasta 5 unidades.
  • Harina de trigo: hasta 2 kilogramos.

Sobre la venta del pescado, su distribución se realizará en junio en todas las provincias del país (excepto en La Habana que ya lo recibió), de manera liberada y no a través de “la libreta” como se hizo en la capital, explicó la titular del ramo.

También detalló que su venta se realizó a finales del mes porque “el pescado arribó al país el día 24 de mayo. Es muy difícil hacer coincidir el cobro de las chequeras y otras formas de pago de la población con los ciclos de reaprovisionamiento y descarga de mercancías en el puerto”.

Se explicó además que mientras las producciones de huevos no alcancen niveles que permitan estabilidad en el mercado, se realizará con el siguiente orden de prioridad:

  • Venta normada de cinco (5) huevos a 0.15 CUP;
  • Venta controlada de cinco (5) huevos a 0.90 CUP;
  • Venta controlada con un per cápita adicional, a 0.90 CUP la unidad, que se respalda por la producción, una vez cubiertos los destinos a) y b) y la gastronomía; y
  • Una cantidad para la venta a los trabajadores por cuenta propia con actividades afines a la elaboración de alimentos.

Entre tanto, el chícharo se expenderá en la red de bodegas de forma controlada, con anotación en la libreta de abastecimientos, hasta 10 onzas por consumidor.

En este mes igualmente se venderá las salchichas de forma controlada, por composición de núcleos, con anotación en la libreta de abastecimientos. Este producto se venderá con una frecuencia trimestral a 24 pesos.

  • Núcleos de 1-3 consumidores: 1 paquete.
  • Núcleos de 4-6 consumidores: 2 paquetes.
  • Núcleos de 7 o más consumidores: 3 paquetes.

Por su parte, se mantiene la venta regulada de productos de higiene y aseo.

  • Detergente líquido: una unidad
  • Crema dental: una unidad (tubo).
  • Jabón de lavar: hasta 2 unidades.
  • Jabón tocador hasta 3 unidades

Durante la conferencia de prensa, Díaz Velázquez reconoció que existen dificultades con la producción de pasta dental, la que solo alcanzó en mayo un 25 por ciento de lo previsto. Para el presente mes se prevé que el indicador solo alcance el 50 por ciento.

No obstante, debemos decir que hay disponibilidad de los productos de aseo e higiene en sus líneas económicas en la tiendas recaudadoras de divisas”, acotó.

Teniendo en cuenta las necesidades del sector no estatal y para proteger a la población se decidió vender a los trabajadores por cuenta propia productos seleccionados de forma controlada, en una red de establecimientos minoristas diferenciada, mediante acreditación, estableciéndose registros de anotación, con los per cápita máximos siguientes:

  • Arroz: hasta 50 Kg/ mes.
  • Frijoles: hasta 15 Kg/ mes.
  • Chícharos: hasta 15 Kg/ mes.
  • Harina de trigo: hasta 10 kg/ mes; a los (panaderos/ dulceros hasta 100 Kg/ mes).
  • Huevo fresco: hasta 60 unidades mensuales.

La acreditación ante el establecimiento se realiza con el carnet de trabajador por cuenta propia y con su código NIT; priorizando unidades que tengan POS.

También se aclaró que los horarios de servicio de los establecimientos de Comercio Interior en el país son facultad de los Consejos de Administración Provincial, los cuales deben regular los mismos, a partir de las necesidades de los territorios.

La ministra exhortó a mantener una esmerada atención al cliente en cada unidad, “en medio de la compleja situación que nos encontramos”, pues resulta inaceptables actitudes que vayan en contra de los principios éticos.

Diferencia entre los conceptos que definen las ventas normadas, controladas y reguladas. /Diapositiva Mincin
Diferencia entre los conceptos que definen las ventas normadas, controladas y reguladas. /Diapositiva Mincin

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