En marcha proceso para cambios y conversión de vehículos de motor

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La medida incluye además remolques y semirremolques

De un tiempo a esta parte, cada lunes, mucho antes de las ocho de la mañana suele apreciarse en las inmediaciones de la Empresa Provincial de Transporte (EPT), en Cienfuegos, un movimiento inusual de personas, fundamentalmente hombres.

A qué se debe tal situación, se preguntarán algunos. La respuesta podemos encontrarla en la entrada en vigor este 1 de noviembre de la Resolución 349/2019 del Ministerio del Transporte (MITRANS), contentiva del Reglamento para la realización de cambios y conversión de vehículos de motor, remolques y semirremolques, pertenecientes a personas jurídicas y naturales.

Tal y como lo expone el artículo 3, “Este Reglamento constituye una norma complementaria de la Ley 109, Código de Seguridad Vial, de 1 de agosto de 2010”; de ahí que su implementación y cumplimiento resulten imprescindibles para un propósito aún mayor: la preservación de la vida humana desde la seguridad de los medios de transporte que circulan por nuestras vías con mil y una adaptaciones.

Corresponde a las EPT, llevar a vías de hecho cada uno de los pasos que se establecen en el procedimiento. En razón de ello, 5 de Septiembre se interesó por los detalles del proceso, cuyas “coordenadas” proporciona un joven ingeniero, Donis Alejandro Fernández Ley, especialista B en transporte automotor, encargado de regular los procesos de cambios y conversiones.

Este proceso va a proteger al cliente de hacer una inversión en un elemento que luego no pueda instalar; es decir, se establece que para realizar la compra de un motor o una carrocería agregados mayores de un vehículo, ha de tramitarse a través de una aprobación de la EPT y hasta tanto esa aprobación no se expida, la entidad comercializadora no puede efectuar la venta. Con ello aseguramos que no se venda algo que después no se pueda legalizar, un problema que existía anteriormente”.

Resulta importante destacar que no puede ser violado ninguno de los pasos establecidos en la ya mencionada Resolución, pues cada uno es indispensable para que tenga validez el proceso, que tiene sus peculiaridades y no se gesta de un día para otro.

Explica el especialista que “ahora cambia el proceder en la forma de adquirir las partes y piezas, específicamente los motores y las carrocerías, porque comoquiera que para la compra media la autorización de la EPT, se establece que el propietario primero debe gestionar con esa entidad si la modificación requiere de proyectos técnicos. En caso afirmativo, se indican por escrito las especificidades del expediente y las entidades facultadas para ello: Intermar para las personas naturales y la Universidad en las peticiones de personas jurídicas.

Una vez elaborado el proyecto, el cliente debe presentarlo con una carta de solicitud y la EPT, según el procedimiento, tiene un período de 30 días naturales para emitir la aprobación o denegación del cambio”.

Documentación

¿Qué documentos deben presentar los propietarios particulares, que a ojos vista son los mayores demandantes del servicio?

De acuerdo con el Reglamento deben presentar el proyecto técnico, tres fotos del vehículo que permita su apreciación completa, es decir, una vista frontal, otra lateral y una trasera antes de cualquier modificación; en caso de autos y camiones que vayan a realizar cambios al motor, también deben mostrar el motor instalado en el momento, además de la copia de la licencia de circulación, y en caso de que el medio haya sido declarado no apto, el certifico de inscripción en el Registro de Vehículos emitido por el MININT, fotocopia del carné del propietario o apoderado del carro, en cuyo caso debe acompañarse además del poder notarial, del cual se archiva copia”.

Una vez completo el expediente con todos los documentos mencionados, se procede a llenar el modelo de solicitud, que queda asentado en un registro con su número. La Empresa Provincial de Transporte dispone entonces de 30 días hábiles para dar respuesta al trámite.

Pudiera resultar enrevesado lo explicado hasta aquí; pero se insiste en lo necesario de no violar ningún paso, con la reiteración de que son los especialistas de la Empresa de Transporte los facultados para definir si un cambio o conversión procede y lleva proyecto técnico. Se hace en interés de que eventuales interesados eviten incurrir en un gasto si antes no tienen la anuencia de la EPT. Por otra parte, las acciones de cambios y conversión, cualesquiera que estas sean, han de realizarse en los talleres certificados y no en el que resulte mejor según la opinión de cada quien.

Sobre este particular, el ingeniero Donis Alejandro aclara que en Cienfuegos están avalados el Taller de Servicios Públicos, propio de la EPT, y la Reconstructora Cienfuegos, en ambos casos para las personas naturales. Y aclara: “Pudieran certificarse otros talleres, tanto estatales como particulares, siempre y cuando cumplan con la Resolución 349/2019. Por su parte los cambios y conversiones de medios estatales han de asumirse en los talleres de Soluciones Mecánicas (SOMEC), y SMV Comercial, que están certificados para ello”.

De casos pendientes y otros detalles de interés

Los días de atención a la población son todos los lunes, en el horario comprendido de 8:00 a.m. a 5:30 p.m.”, esclarece Roberto Fabelo Martínez, subdirector Técnico de la EPT de Cienfuegos, quien agrega que dicha atención cerrará, por este año, el 16 de diciembre, pues existen unos 300 casos pendientes del proceso anterior y ya se han recibido numerosos casos del actual, lo que requiere tiempo para su análisis detallado y la correspondiente aprobación”.

El funcionario precisa que “según la Resolución 349/2019 del MITRANS, los compañeros que tienen compras autorizadas por Transporte antes de ponerse en vigor la nueva norma, disponen de seis meses para legalizar el medio. Estamos haciendo un llamado a esas personas para que se acerquen y poder revisar sus casos, pues en el mes de abril de 2020 vence el plazo para hacerlo; de no concurrir a la EPT pierden el derecho a legalizar por la norma anterior y tienen que cursar sus trámites por el nuevo reglamento, lo que implica comenzar de cero”.

Es un hecho, en Cienfuegos ya está en marcha la implementación del Reglamento para la realización de cambios y conversión de vehículos de motor, remolques y semirremolques, pertenecientes a personas jurídicas y naturales, establecido mediante la Resolución 349 del Ministerio de Transporte. Se trata de cumplir cada paso, de esclarecer cada detalle para que todo fluya de manera organizada.

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Tay Beatriz Toscano Jerez

Periodista.

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