El peso de la ley contra incumplidores de medidas para enfrentar la Covid -19 en Cienfuegos

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Vive el mundo circunstancias adversas. El nuevo coronavirus se ha enseñoreado, y su fatídica presencia se hace notar en casi todo el orbe. Nuestro archipiélago no escapa a tal situación y ello ha conllevado a la adopción de medidas para prevenir su extensión epidémica en el territorio nacional.

Las máximas autoridades del gobierno y el Estado, han insisitido en lo impostergable de cumplir las medidas higiénico sanitarias y de aislamiento social previstas; pero inobservarlas intencionalmente puede convertirse en un delito de propagación de enfermedades.

El Código Penal cubano, en su capítulo V, recoge los delitos contra la salud pública,” refiere Mayrobi Sarduy Alejo, presidenta del Tribunal Provincial Popular  (TPP) de Cienfuegos, a quien acudimos en busca de detalles acerca de cómo—desde la justicia— se enfrentan actitudes inaceptables en cualquier tiempo.

La directiva explicó que, por ejemplo, en el artículo 187 se prevé la propagación de epidemias como delito, y en su aparatado uno se establece que “quien infrinja las medidas o disposiciones sanitarias dictadas por las autoridades competentes para la prevención y control de las enfermedades transmisibles y los programas o campañas para la erradicación de enfermedades o epidemias, de carácter grave o peligrosas, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multas de 100 a 300 pesos o ambas”.

Pero la legislación penal cubana no queda solo ahí; otros dos apartados son precisos en el proceder. Según comenta Sarduy Alejo: “uno de dichos apartados se refiere a que en igual sanción a la anteriormente descrita incurre el que se niegue a colaborar con las autoridades sanitarias en los lugares del territorio nacional donde cualquier enfermedad transmisible adquiera características epidémicas graves o en los territorios colindantes a los expuestos a la propagación”.

¿Existe un marco sancionador mucho más riguroso?

“El apartado tercero del artículo ya referido (187) establece que quien propague maliciosamente o facilite la propagación de una enfermedad, incurre en sanción de privación de libertad de tres a ocho años”.

Es la Fiscalía General de la República el órgano que tiene como misión fundamental ejercer el control de la investigación penal y el ejercicio de la acción penal pública en representación del Estado, así como velar por el estricto cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales por los órganos del Estado, las entidades y los ciudadanos.

Atendiendo a lo anterior su actuar es imprescindible en el acompañamiento a las autoridades en esta batalla por la vida de los cubanos todos. Así nos lo hace saber Kirenia Vizcay de la Cruz, fiscal jefa en Cienfuegos: “Estaremos actuando en correspondencia con los casos que se detecten por el Ministeriodel Interior y el personal de Salud, y debemos ser estrictos veladores de lo dispuesto.

“El propósito no es alarmar a nadie, ni crear una situación de pánico; se trata de que las personas se inserten en el sistema organizado: el que tenga que ingresarse, que lo haga, e igual conducta debe asumir quien le corresponda ir a un centro de aislamiento. En un primer momento las medidas serán de persuasión; pero quien no acate lo dispuesto, ni tenga voluntad de escuchardeberá atenerse a lo que establece la ley.

“Un tema al que le prestaremos atención es la concentración informal de personas, sobre todo jóvenes, que hay que limitar, pues se convierten en actitudes riesgosas y llegar a ser desencadenantes de un foco transmisor de la enfermedad”, precisa la fiscal jefa en la provincia centro sureña.

Es necesario que los factores del barrio informen de manera inmediata sobre ese ciudadano que llegó del exterior antes del lunes 23 y no cumple con la reclusión domiciliaria, como también de los grupos de jóvenes en las esquinas y juegos públicos de dominó: todo eso contraproducente en el actual escenario.

Cuba apuesta por la vida de sus gentes; adopta medidas preventivas; pone a disposición de su pueblo recursos humanos y materiales para que la Covid-19 no cobre la vida de ninguno de sus hijos.

Quienes persistan en desoír lo que por nuestro bien se dice y hace, tendrá sobre sí todo el peso de la ley.

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Tay Beatriz Toscano Jerez

Periodista.

Un Comentario en “El peso de la ley contra incumplidores de medidas para enfrentar la Covid -19 en Cienfuegos

  • el 27 marzo, 2020 a las 1:38 pm
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    Es conocido que ya la ley contempla esto, pero creo q el momento es el adecuado para que se sea riguroso con lo que dice la ley, sobre todo ahora con esta pandemia que ha llegado a nuestros pais

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