Economía en letra escrita

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No pocos dolores de cabeza sufre la economía de Cienfuegos debido a una larga cadena de impagos, donde cuentas “por pagar” y “por cobrar” resultan términos recurrentes.

Entre las causas del nocivo fenómeno se erige la contratación económica: básicamente, el irrespeto a lo pactado entre entidades conlleva a deudas acumuladas, al “envejecimiento” de estos pendientes financieros que luego deslucen una buena gestión económica.

Y el asunto trasciende fronteras financieras, al pasar incluso a terreno legal, pues en 2012 se aprobó el decreto ley 304, relativo a la contratación económica, y el 310, normativo de los tipos de contratos; donde, como en buen cubano se dice, todo está escrito.

Para el licenciado en Derecho, Camilo Rodríguez Concepción, especialista jurídico de la Contraloría Provincial de Cienfuegos, en la negociación y firma de contratos resulta esencial el asesor jurídico, figura muchas veces relegada a mediar solo en posteriores reclamaciones, cuando una de las partes no acató lo pautado.

“El perfeccionamiento de la contratación económica necesita de la participación del jurista, pues la redacción del documento contractual es inherente a las competencias del profesional del derecho”, alega Rodríguez Concepción, quien a partir de su experiencia reconoce no han sido interiorizados los decretos leyes por buena parte de empresarios y asesores jurídicos.

A seis años de ver la luz las normativas antes referidas, el proceso de contratación en Cienfuegos exhibe numerosas dificultades. Entre ellas, no personalizar las llamadas proformas contractuales resalta entre las más icónicas.

“Si la proforma establece un plazo de 30 días, muchas veces se firma sin particularizar en las características de la empresa, analizar las interioridades económicas y la capacidad de pago de la entidad, y ahí sobreviene el error”, plantea el especialista de la Contraloría Provincial.

“Nosotros hemos llegado a empresas con montos importantes de cuentas por cobrar, y en el transcurso de la auditoría gestionan rápidamente, y aparece la solución. Por ello, nos percatamos del carácter subjetivo que reviste el incumplimiento del contrato”.

Pero el litigio no siempre nace de cobros o pagos pendientes. También la calidad genera polémica, aunque “las mayores penalizaciones son siempre para el comprador y no para el vendedor, en quien debe recaer el grueso de las obligaciones. No se presta la debida atención a las cláusulas de calidad, plazos y garantía,” explica el jurista.

Por increíble que parezca, existe a estas alturas unilateralidad en la modificación o terminación de contratos, confinación del documento a la gaveta sin seguirlo, sin ver hasta dónde se respetó lo escrito en él, y hasta dónde no.

Percibir el contrato como un ente vivo, dinámico, adaptable a las peculiaridades de cada espacio donde se genere, ayudará a una mejor gestión en empresas o instituciones presupuestadas, cuya actividad económica depende, en modo crucial, de pactos para emitir o recibir recursos.

Dejar cada paso de la economía en letra escrita, y respetarlo, no puede ser excepción, sino regla, en un país que aboga por un 2019 de orden y racionalidad en la economía, de austeridad, realismo y ajuste a nuestras propias capacidades.

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Un Comentario en “Economía en letra escrita

  • el 24 enero, 2019 a las 2:31 pm
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    No cabe de otra: la culpa TODA recae en el Máximo dirigente de la entidad, por mucha participación que tenga el jurista en el contrato, este no es el responsable por velar su cumplimiento, ni su ejecución, ni tampoco de que no se realicen las reclamaciones como eslabón primario de la cadena legal, sea por el motivo que sea, se deja todo al tiempo, a la gestión telefónica, a las buenas prácticas del “amiguismo”y la falsa “amistad”.
    Como jurista, siempre he educado a los comerciantes de las empresas donde he laborado que mi oficina no es un departamento de anatomía patológica, sino que el área jurídica es dinámica y que atiende asuntos vivos y con solución, ya que es normal (ningún funcionario lo ve como raro) que ya vengan a tu oficina cuando el caso no tiene por donde agarrar para proceder legalmente.
    El tema tiene tela por donde cortar, romper la cadena de cobros y pagos no es difícil, ni imposible, si se procede como expresan las normas, el jurista podría accionar contra los deudores por la vía judicial, pero si no hay un mecanismo engrasado entre el área comercial, económica y el jurista, si no se hace adecuadamente las conciliaciones, ni existe DOCUMENTALMENTE gestión de cobro: ¿como proceder porque el jurista NO ES ADIVINO?
    Es responsabilidad del jurista educar, asesorar, recomendar y accionar sobre sus asuntos, debiendo explicar la manera en que proceden las reclamaciones, las gestiones de cobro, las conciliaciones, etc, pues esas son sus herramientas para proceder, pero en un gran numero de casos, el contrato se vuelve letra muerta POR LOS PROPIOS participantes en el. Es la realidad de la vida.
    Si el máximo dirigente de la entidad, no apoya al jurista, no exige que se hagan adecuadamente todos los procedimientos necesarios para proceder judicialmente, resulta muy poco probable que se resuelva el tema.
    La cadena de impagos comienza por el incumplimiento del contrato, el día a día, el que mañana surja algo que haga “tirar a una lado” ese incumplimiento y pase al olvido hasta que ……., es lo que ocurre

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