Diputados aprueban Ley de Símbolos Nacionales

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Este sábado 13 de julio, la Ley de Símbolos Nacionales de la República de Cuba  recibió el voto unánime de los diputados durante el tercer periodo ordinario de sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional.

A partir de hoy, una comisión se encargará de corregir los detalles de estilo para que la norma pueda ser publicada en la Gaceta Oficial.

Antes de su aprobación, el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, José Luis Toledo Santander, presentó ante el plenario el proyecto de Ley, que durante meses fue ampliamente analizado por los parlamentarios cubanos.

Es una normativa que recoge “la historia de nuestra bandera nacional, símbolo de nuestra identidad y de nuestras luchas”. El jurista también se refirió a la significación del escudo nacional, que “sintetiza nuestras ansias de justicia y de  libertad”. Hizo alusión también a la trascendencia de los símbolos patrios para una nación en vilo por la defensa de su identidad y soberanías.

Y antes de abrir el debate en la sesión de este sábado, Andrés Castro Alegría, presidente de la comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, expuso el dictamen sobre la propuesta de normativa.

El proyecto ha tenido más de un centenar de modificaciones a partir de criterios y sugerencias de los diputados, de intelectuales destacados, y de instituciones y foristas que a través de las redes sociales hicieron llegar sus puntos de vista.

Leal: Los símbolos patrios, lo más sagrado de la nación

Eusebio Leal, Historiador de La Habana. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.
Eusebio Leal, Historiador de La Habana. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.

El diputado Eusebio Leal, dijo que la lectura del proyecto de Ley estuvo precedida por un debate que ha durado meses y que ha sido fruto de la preocupación de muchos compañeros, no por el texto anterior, sino por el irrespeto a los símbolos nacionales.

“Había banderas cubanas en shorts, zapatillas y otras formas poco decorosas. Fue necesario entonces que apareciera en la prensa artículos sobre estos hechos y se generara un debate público sobre el tema”, recordó.

El Historiador de La Habana hizo un llamado a defender los símbolos y a aprobar la Ley. “Es lícito que un joven tenga bordado en su pulóver la bandera y que las personas tengan una bandera en su casa, pero no puede estar de mantel en la mesa, ni desgarrada por un ciclón o por la fuerza del viento, si esto sucede debe ser quemada”.

Recordó que la bandera nació lejos de Cuba, traída en los años cincuenta por el exgeneral español Narciso López, Cirilo Villaverde y Emilia Teurbe Tolón. Fue en Cárdenas, ciudad bandera, donde por vez primera aquella expedición desembarcó.

Cuentan que la Asamblea de Guáimaro acogió la bandera de Céspedes y, por eso, se mantiene la tradición de presidir la Asamblea. Tanto el escudo como la bandera representan lo más sagrado de la nación. Y esta ley que vamos a aprobar recoge esas esencias y flexibiliza su uso.

Al referirse al Himno Nacional, planteó que ha sido modificado por las circunstancias. “Hoy en sus estrofas no aparecen algunas palabras propias de la lucha por la libertad; aparece el himno en toda la pureza de su reclamo, y el lugar donde fue compuesto por el General Pedro Figueredo”.

En tanto, el Escudo representa valores y principios de la nación. Conformado “por la llave, el sol naciente, las montañas de Cuba donde se luchó, la Palma Real que ha cubierto las casas del campesino y del indio”.

Resumió que esta ley ordena, por ejemplo, que la bandera no puede ser irrespetada y que se haga silencio cuando se cante el himno. “La historia es como es, y no como quisiéramos, tenemos la posibilidad de explicarla hoy dialécticamente”.

La diputada Marie Castillo Fiallo, por el municipio habanero de Playa, tomó la palabra para acotar que, como sucede con el Himno de Bayamo, también el escudo y la bandera deben escribirse en mayúscula, propuesta con la cual coincidió Toledo Santander.

Otra precisión la aportó la diputada Maricel Castañeda Morales: “Ya que los centros educativos abren todo el año, como institución cultural más importante de la comunidad, creo oportuno que la bandera no se ice solo en el periodo docente”.

Dictamen sobre el Proyecto de Ley de Símbolos Nacionales de la República de Cuba

Andrés Castro Alegría, presidente de la comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.
Andrés Castro Alegría, presidente de la comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.
Dictamen de las comisiones de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y de Asuntos Constitucionales y Jurídicos sobre el proyecto de Ley de Símbolos Nacionales de la República de Cuba.

La propuesta de Ley de Símbolos Nacionales de la República de Cuba que se ha sometido al estudio y valoración de los diputados, especialistas e instituciones y que fue publicada en el sitio web de la Asamblea Nacional del Poder Popular, es resultado del ejercicio de iniciativa legislativa de su Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos.

En la redacción de esta norma trabajaron coordinadamente, especialistas designados por los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior, de Educación, Educación Superior, Cultura, Justicia, Relaciones Exteriores, de las Secretarías de los Consejos de Estado y de Ministros y de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Se revisaron y tuvieron en cuenta documentos históricos y las actas de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su segunda Legislatura (1983).

El proyecto de Ley que se propone tiene como objetivo dar solución a la problemática que se aprecia en nuestra sociedad en cuanto a la contradicción que se manifiesta entre lo estipulado en la vigente Ley de Símbolos Nacionales, su Reglamento y el uso que hacen e interesan a nuestros ciudadanos dar a los mismos.

La solución de esa contradicción propone un reto adicional: flexibilizar los usos, pero mantener el debido respeto a los símbolos nacionales en el sentido de la consideración y deferencia que merecen por representar la nación y toda su historia.

A  partir de este análisis se hace imprescindible actualizar toda la normativa legal vigente sobre la materia, así como puntualizar y dar mayor precisión a sus contenidos; partiendo del principio de alcanzar una Ley que favorezca la mayor presencia de los símbolos nacionales en la sociedad en un ambiente de orden y respeto a lo normado.

En este sentido, es importante que en el proceso de implementación de la norma jurídica se logre generar una conciencia de responsabilidad colectiva de conocimiento, respeto y veneración de los símbolos nacionales.

Como novedades de la Ley que se presenta, sobresalen:

  • Se reconoce que si bien existen otros símbolos patrios que son también expresión de las luchas de nuestro pueblo por su libertad en diferentes momentos de su devenir histórico, la Ley que se propone establece que la bandera de la estrella solitaria, el escudo de la palma real y el Himno de Bayamo van a constituir los símbolos nacionales que representan a la nación cubana, tanto en el plano nacional como internacional.
  • Se incorpora la posibilidad de confeccionar la Bandera Nacional con otros tejidos o material adecuado, con el propósito de abaratar su elaboración, lo que contribuye a facilitar su adquisición y uso por las personas naturales o jurídicas y la utilización de este símbolo en actos públicos, domicilios, centros laborales, etc., siempre con el cuidado y respeto que corresponde.
  • Se establece como obligatoriedad para los organismos responsabilizados con la formación integral de las nuevas generaciones la de incorporar a sus planes de estudio, la educación en el conocimiento y respeto a los símbolos nacionales.
  • En la escuela y otras instituciones del Sistema General de Educación se mantiene y refuerza la responsabilidad de los educadores, maestros, profesores y personal no docente de que los estudiantes conozcan lo establecido en cuanto: al respeto y veneración de los símbolos nacionales, que los honren, como el homenaje más elevado a los héroes y mártires de la Patria, y a los que de cualquier modo han servido y defendido la nación.
  • Precisa que el Himno Nacional no debe ejecutarse con fines publicitarios y se entona con el vigor de un himno de combate después de izada la Bandera Nacional.
  • Se refiere que el Escudo Nacional se ubicará en todos los locales donde se imparta la enseñanza, en la pared hacia la que están orientados los pupitres y mesas de estudio y trabajo de los alumnos.
  • Se responsabiliza a los medios de comunicación masiva, en cualquiera de sus manifestaciones y soportes a diseñar e implementar estrategias de comunicación que, a partir de lo establecido en esta Ley, permitan difundir con sistematicidad su contenido y promover el respeto debido a los símbolos nacionales.
  • Se prevé que el uso de los símbolos nacionales en los espacios virtuales, coincida con lo establecido en esta Ley en cuanto a que se respete su forma, significado y posición.

Estos dos últimos aspectos se corresponden con la expresión de la voluntad de la dirección de nuestro país de utilizar las herramientas de la comunicación social y la informatización en las actividades que desarrollemos.

De forma general resalta que la Ley que se presenta, dedica dos de sus Títulos a las responsabilidades del Estado, la familia y las instituciones educacionales y formadoras de contribuir a fomentar en la sociedad el conocimiento de los Símbolos Nacionales, las principales regulaciones para su uso y una conducta de respeto a ellos. Solo así la contradicción entre la Ley y el uso correcto por los ciudadanos, la familia y las instituciones será resuelta en su totalidad.

La Ley que se propone tuvo en cuenta las sugerencias y criterios que emitieron los diputados y expertos que fueron consultados durante el proceso de estudio y discusión, desarrollado entre marzo y abril en 6 reuniones regionales en las que participaron 462 diputados y 863 invitados, en las cuales se formularon 179 intervenciones.

Tambien se tuvieron en cuenta las  recomendaciones y propuestas enviadas por correo electrónico al sitio web de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Todos los planteamientos fueron evaluados, lo que permitió realizar 108 modificaciones al texto inicialmente circulado.

Las comisiones de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y de Asuntos Constitucionales y Jurídicos consideran que hay correspondencia entre el Proyecto de Ley presentado y la Constitución de la República.

Frente a la arremetida del Imperio y la ultraderecha neofascista que viola las normas más elementales de la convivencia internacional, legitiman la injerencia y todo tipo de agresiones, resulta trascendental aprobar una nueva Ley de Símbolos Nacionales como continuidad de la actividad legislativa, tras la entrada en vigor de la Constitución de la República, el pasado 10 de abril de 2019.

Esta norma es expresión de la historia de lucha y resistencia del pueblo cubano en defensa de nuestra identidad y soberanía como nación, ante la batalla simbólica que desde plataformas colonizadoras se hace contra la Revolución.

Las comisiones de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y de Asuntos Constitucionales y Jurídicos solicitan a los diputados la aprobación del proyecto de la Ley de Símbolos Nacionales de la República de Cuba.

Tercer periodo ordinario de sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular en Cuba. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.
Tercer periodo ordinario de sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular en Cuba. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.

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Cubadebate

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