Convenio Colectivo de Trabajo: más que un documento para archivar

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Es el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) más que un documento rubricado por los representantes de las organizaciones sindicales y los empleadores. Según se prevé en la Ley 116/2013  del Código del Trabajo en su capítulo XIV, artículo 181, ambas partes: (…) “acuerdan lo concerniente a las condiciones de trabajo y la mejor aplicación y exigencia de los derechos y obligaciones recíprocos que rigen las relaciones de trabajo y el proceso de trabajo en la entidad”.

Por su parte en el artículo 183 se consigna que: “Las cláusulas del Convenio Colectivo de Trabajo son de obligatorio cumplimiento, aun para aquellos trabajadores que no sean integrantes de la organización sindical firmante o que hayan ingresado a la entidad con posterioridad a su concertación. El Convenio Colectivo de Trabajo para su validez, tiene que ser discutido y aprobado en asamblea de trabajadores. Las partes están obligadas a divulgar su contenido a los trabajadores y a la custodia del documento”.

En Cienfuegos, se desarrolla hasta finales del actual mes de abril el proceso de actualización de los convenios colectivos de trabajo: “(…) a partir de todas las normas jurídicas que han entrado en vigor a raíz de la Tarea Ordenamiento y, por supuesto, ese instrumento legal que tienen los colectivos laborales hay que atemperarlo a esas condiciones en que se está trabajando”, afirma Mayté Yera Santana, secretaria general del Comité Provincial de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC).

“En cada uno de los sindicatos se ha estado monitoreando cómo marcha ese proceso de actualización, porque hay que fijar —por ejemplo— los precios del transporte obrero, del comedor; hay que hacer una negociación donde se deje pactado eso. De igual forma sucede con lo relacionado con la distribución de utilidades, porque el reglamento de distribución de utilidades es un anexo del convenio”.

Respecto a dichos reglamentos, Anay Moreira Guillén, miembro del Secretariado Provincial de la CTC, explica que: “(…) para nadie es un secreto que los reglamentos de distribución siempre han tendido a que el personal indirecto sea el que más se beneficie; hoy el sindicato no lo puede permitir. Se trata, entonces, de que quien está directo a la producción, que es el que transforma la materia prima, sea el que más cobre; por eso se han tenido que hacer varias sesiones de trabajo entre los sindicatos y los empresarios”.

En opinión de la secretaria general de la CTC en Cienfuegos, el proceso de actualización de los CCT no debe realizarse a la ligera: “(…) son cuestiones importantes, de extrema sensibilidad para los trabajadores; por tanto, hay que hacerlo bien, coherentemente, escuchando el criterio de todos los implicados para que se tomen las mejores decisiones”.

Más que un documento para archivar, el Convenio Colectivo de Trabajo es una guía para la acción, tanto de los empleadores como de las estructuras sindicales. Cumplirlo y hacerlo cumplir resulta vital en estos momentos en que el país se reordena.

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Tay Beatriz Toscano Jerez

Periodista.

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